Colombia
Lunes 28 de abril de 2025 - 08:24 PM

¿Es pensionado? Así puede saber si tiene derecho a la mesada 14 en 2025

Si es pensionado de Colpensiones, podría recibir un pago extra en 2025. Conozca quiénes tienen derecho a la mesada 14 y cómo solicitarla.

Si es pensionado de Colpensiones, podría recibir un pago extra en 2025. Conozca quiénes tienen derecho a la mesada 14 y cómo solicitarla.
Si es pensionado de Colpensiones, podría recibir un pago extra en 2025. Conozca quiénes tienen derecho a la mesada 14 y cómo solicitarla.

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Después de 20 años, la mesada 14 vuelve a beneficiar a miles de pensionados en Colombia. Este pago adicional está respaldado por el artículo 142 de la Ley 100 de 1993 y aplica para ciertos afiliados al Régimen de Prima Media (RPM), administrado actualmente por Colpensiones.

Este beneficio representa el pago de 30 días adicionales de pensión, que será entregado en junio de cada año. A continuación, le explicamos de forma organizada quiénes tienen derecho, qué requisitos debe cumplir y cómo solicitarla.

¿Quiénes tienen derecho a la mesada 14?

Tienen derecho a recibir la mesada 14:

  • Pensionados por jubilación, invalidez, vejez o sobrevivientes del sector público, oficial, semioficial y privado.
  • Pensionados del antiguo Instituto de Seguros Sociales (ISS).
  • Retirados de la Fuerza Pública cuyas pensiones fueron reconocidas antes del 1 de enero de 1988.
  • Pensionados nacionales que fueron beneficiarios de los reajustes ordenados en el Decreto 2108 de 1992, a partir de junio de 1996.

Importante: No todos los pensionados podrán acceder. Se exceptúan:

  • Pensionados cuya pensión supere ciertos montos.
  • Pensionados posteriores al 31 de julio de 2011, salvo casos específicos.

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Requisitos para recibir la mesada 14

Para tener derecho al pago adicional, usted debe cumplir con uno de los siguientes criterios:

  • Haber sido pensionado antes del 25 de julio de 2005 y tener una pensión igual o inferior a 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV).
  • Haber sido pensionado entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011 y no superar los 3 SMMLV de pensión.

¿Cómo solicitar la mesada 14?

Para solicitar el reconocimiento de este derecho, usted debe seguir estos pasos:

  1. Presentar un escrito ante el fondo de pensiones (Colpensiones o el fondo al que esté afiliado).
  2. Esperar la respuesta, que debe emitirse en un plazo máximo de 15 días hábiles.
  3. Accionar judicialmente si su solicitud es negada, presentando una demanda en contra del fondo de pensiones para exigir el reconocimiento de la mesada.

Recuerde que la mesada 14 puede representar un alivio importante para su economía, por lo que es recomendable adelantar el trámite de manera oportuna y, de ser necesario, contar con asesoría legal.

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