En menos de un año, el ministro de Salud volvió a cambiar las reglas del etiquetado frontal. Publicó un proyecto para modificar la Resolución 810, que había establecido que los sellos debían ser redondos.

Publicado por: Miguel Orlando Alguero
Después de una revisión científica por la Universidad de Antioquia, el Ministerio de Salud confirmó que el etiquetado frontal para comida chatarra en Colombia será octagonal y no circular, además deberá incluir la palabra “Exceso de”, en vez de “Alto en”.
Esta modificación se da menos de una semana de que el ministro de Salud, Fernando Ruiz, termine su labor en dicha cartera. Por tanto, el nuevo borrador de resolución, publicado para comentarios, ahora buscar modificar el etiquetado frontal de alimentos y bebidas, tras las observaciones de la Universidad de Antioquia para determinar tamaños, colores, formas, leyendas y ubicación del etiquetado.
¿Qué dice el estudio?
Sobre la figura, el estudio establece que “el octágono es la que presenta mayor evidencia disponible en los estudios experimentales aleatorios, siendo incluida como variable de intervención en el 88,9% de los estudios”.
Esto, tras advertir que el único estudio experimental aleatorizado que comparó entre formas y figuras de etiquetados frontales de advertencia encontró que la forma octagonal es la más apropiada para capturar la atención y con mayor potencial de maximizar la percepción de insalubridad.
Al respecto, Carolina Piñeros Ospina, directora ejecutiva de Red PaPaz, sostuvo que, ni la sociedad civil ni la academia tenían duda sobre los octágonos y la palabra exceso en los sellos frontales de advertencia. “Gran trabajo de la Universidad de Antioquia. Ahora a la espera de que el Ministerio de Salud emita resolución acorde con la Ley de comida chatarra”.
Sobre lo anterior coincide el nutricionista Juan Camilo Mesa manifestó: “Dijimos que era innecesario someter la decisión a concurso porque la evidencia es tan apabullante a favor del Etiquetado Frontal de Advertencias octagonal, que seguramente saldría favorecido. Y así fue. Se perdieron tiempo y recursos. Ahora a seguir esperando”.
Especificaciones
El estudio confirmó que las etiquetas serán negras, por ser el color “más apropiado para capturar la atención y tiene mayor potencial de maximizar la percepción de insalubridad”. La figura estará acompañada con el texto “Exceso en”, para determinar los valores nutricionales y los componentes de los alimentos y bebidas de alto contenido en azúcar o grasas.
“En línea con esto, se hace necesario modificar la Resolución 810 de 2021 en lo referente al etiquetado frontal de advertencia. Es importante tener presente que los requisitos que no están relacionados con el etiquetado frontal de advertencia, tales como la tabla nutricional, continúan con las disposiciones establecidas en la 810”, aclaró el Minsalud.
Esta decisión no tiene efecto inmediato, pues se trata apenas de un proyecto de resolución que está publicado en la página web del Ministerio para consulta pública y comentarios por dos semanas.
Además, hace falta un concepto del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, como también el de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), más una consulta internacional en un período de 60 días. Los tiempos, entonces, están para que la nueva norma entre en vigencia en diciembre de este año.

Juan Camilo Mesa, nutricionista-dietista, microbiólogo y máster en Ciencia de la Nutrición, manifestó que se siente preocupado y contento por los resultados del estudio. Preocupado porque ha pasado mucho tiempo tratando de implementar la Ley de comida chatarra que incluye el etiquetado frontal, de advertencias y no se ha puesto en marcha porque sale una excusa en cada intento.
“Lo que hicieron preguntarle ahora a las universidades en concurso, cuál era la mejor evidencia científica disponible y resulta que la conclusión de la U. de Antioquia fue lo que venimos diciendo desde hace tiempo, que el mejor etiquetado frontal de advertencias es el modelo chileno, implementado en México, Uruguay, Perú, Argentina y Chile. La mayoría de los países de la región lo tienen y Colombia faltaba”, explica Mesa.
Frente a este panorama, según el nutricionista, el Ministerio se estaba demorando y justificar otros meses para buscar cuál era la mejor evidencia científica.
“El Gobierno dijo que en diciembre estaría lista la implementación. Esperemos, ya se pasó el año de puesta en marcha y seguimos en las mismas. No hay etiquetado y hay unas empresas que estaban poniendo esos rótulos de advertencia, pero los circulares, que no indican advertencia”.
El experto estima que el Gobierno entrante retome este proceso y que finalmente la Ley de comida chatarra para avanzar en la pedagogía y la gente sepa qué está comiendo, y esos sellos son una opción para que las personas entiendan de manera clara qué es lo que llevan a su boca y a sus hogares.
Antecedentes
El 16 de junio del año pasado, la cartera publicó la mencionada Resolución 810, el reglamento técnico con los requisitos de los etiquetados nutricional y frontal de los alimentos y bebidas envasadas o empacadas.
Sin embargo, de manera casi simultánea, el Congreso aprobó la Ley 2120 de 2021, que entre otras le ordenó al Ministerio reglamentar “los parámetros técnicos de este etiquetado definiendo, la forma, contenido, figura, proporción, símbolos, textos, valores máximos, colores, tamaño y ubicación en los empaques de los productos que deban contenerlo, basándose en la mayor evidencia científica disponible y libre de conflicto de intereses”.
Esto, según el entonces congresista Mauricio Toro, porque la Resolución 810, expedida pocos días antes, no se basó en información técnica y, como la ley aprobada exigía una reglamentación basada en la evidencia científica, se le dio al Ministerio la facultad de contratar un estudio para ello.
A la discusión se sumó el gremio de los industriales asociados en la Andi, que en su momento el apostó al etiquetado circular frontal con los correspondientes sellos que indican los niveles altos en sal/sodio y grasas saturadas. Sus argumentos se basaron el trabajo de la Cámara de la Industria de Alimentos de la Andi, que los sustentos giran en torno al consumidor, “puesto que la ley dispone que la información debe ser clara, veraz, oportuna, visible y suficiente, y hoy con la Ley 2120 de Entornos Saludables y la Resolución 810 y sus sellos de advertencia circulares, la ampliación de la tabla nutricional, el sello positivo y la actualización de las declaraciones nutricionales, Colombia cuenta con el marco normativo más actualizado de la región”, argumentó hace un mes.

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Costos
En el ‘Análisis de Impacto Normativo en la temática de etiquetado nutricional y frontal de los alimentos envasados en Colombia’, publicado por el Ministerio en mayo de 2020, se estimó que implementar esta política pública, en un periodo de 25 años, costaría $697.758 millones.
Esto a nivel agregado. Sin embargo, el documento calculó también los costos para las cerca de 1.600 empresas impactadas por la normativa, que además de asumir una reducción de ventas de 10% por la regulación deben asumir un costo promedio por etiqueta de $5 millones, en el caso de las micro y pequeñas compañías; y $15 millones, para las medianas y grandes.
Asimismo, la cartera precisó que aquellas empresas que ya hayan incluido el sello circular en sus productos, tendrán seis meses para agotar las etiquetas existentes. “Si pasado este tiempo aún tienen etiquetas con las disposiciones iniciales, podrán autorizar el agotamiento ante el Invima”, indicó Minsalud.














