A través del Decreto 0612 de 2026, el Gobierno nacional fijó las restricciones definitivas para la segunda vuelta presidencial de este 21 de junio. Hay ultimátum para el transporte público y orden estricta sobre los parrilleros en moto.

Publicado por: Redacción Nacional
El Gobierno nacional expidió oficialmente el Decreto 0612 de 2026, el cual recopila todas las medidas de orden público y seguridad necesarias para garantizar el normal desarrollo de las elecciones presidenciales en segunda vuelta, programadas para este domingo 21 de junio.
La normativa expedida por el gobierno de Gustavo Petro unifica las reglas de juego para todo el territorio nacional, resolviendo de paso un fuerte choque de poderes que se venía presentando con la administración de la capital de la República.

Ley seca: Horarios definitivos y el ‘jalón de orejas’ del Gobierno nacional a Bogotá
La restricción al expendio y consumo de bebidas embriagantes fue el punto que encendió la controversia.
El alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán, había decretado previamente que la medida en la capital arrancaría desde la medianoche del viernes. No obstante, la orden presidencial modificó por completo sus planes. Otras noticias: Elecciones 2026 en Colombia: desde cuándo inicia la ley seca y qué sanciones habrá
Mientras el inicio de la Ley Seca arranca el sábado 20 de junio a las 6:00 p.m., el fin de dicha medida será el lunes 22 de junio a las 12:00 de la noche.
“El decreto presidencial mata alcalde, está por encima del alcalde. Todos los bares en cualquier parte del país deben cerrar el sábado a las 6:00 de la tarde”, advirtió tajantemente el ministro del Interior, Armando Benedetti.

Cierre de fronteras y libre circulación de motocicletas
Con el fin de salvaguardar la seguridad nacional, las fronteras terrestres y fluviales de Colombia experimentarán un cierre total:
- Ventana de cierre: Desde las 6:00 p.m. del sábado 20 de junio hasta las 6:00 a.m. del lunes 22 de junio.
Publicidad

Prohibido restringir parrilleros
En un mensaje directo a los mandatarios locales que suelen prohibir el acompañante en moto durante jornadas electorales, el decreto fue explícito en que no se podrá restringir la circulación de parrilero.
El Gobierno aclaró que se trata de un medio de transporte esencial para que los ciudadanos se movilicen a las urnas y que restringirlo viola una directriz presidencial directa.
Ultimátum al transporte público: 100% de capacidad u obligados al cierre
Uno de los puntos más novedosos de la nueva reglamentación es la exigencia radical hacia las empresas de transporte público masivo, intermunicipal, urbano y veredal. Se recomienda: Así va la postulación de testigos electorales de cara a las elecciones de segunda vuelta
Las compañías operadoras están obligadas a prestar el servicio con el 100% de su capacidad transportadora durante el domingo de votaciones. Aquella empresa que guarde vehículos o reduzca las rutas para ahorrar costos se expondrá a una sanción drástica: el cierre definitivo de su operación.

¿Se pueden usar celulares en los puestos de votación?
La norma estipula reglas estrictas para el uso de dispositivos electrónicos entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m.:
- Ciudadanos comunes: Tienen prohibido usar teléfonos, cámaras fotográficas o de video dentro de los puestos de votación. La única excepción: Podrán sacar el celular exclusivamente para mostrarle al jurado su cédula digital en el momento de sufragar.
- Testigos y observadores electorales: Podrán ingresar con sus equipos móviles, pero solo podrán utilizarlos después de las 4:00 p.m., una vez se cierren las urnas y comience el proceso de vigilancia del escrutinio.
- Prensa y Ministerio Público: Medios de comunicación debidamente acreditados y funcionarios públicos están exentos de la restricción para ejercer sus labores informativas y de control.

Propaganda electoral y acompañamiento al cubículo para votar
Queda estrictamente prohibida toda clase de propaganda político-electoral el día de las elecciones. Esto incluye manifestaciones, comunicados, entrevistas en radio, prensa o televisión que inviten al voto o apoyen abiertamente a alguna de las candidaturas que se disputan la Jefatura de Estado. Otras noticias: Prohibido tomar fotos al voto: así es la nueva restricción para la segunda vuelta
Por último, el decreto ratifica el derecho al voto asistido: todos los ciudadanos que posean limitaciones físicas o dolencias severas de salud tienen el derecho legal de ingresar al cubículo acompañados por una persona de su total confianza para ejercer su derecho al sufragio.
















