Dos semanas después de que llegara la impugnación de la tutela que restituyó a Gustavo Petro como Alcalde de Bogotá a la Corte Suprema de Justicia, se resolvieron los impedimentos que varios magistrados habían presentado en este caso.

Publicado por: COLPRENSA
La Sala Civil de la Corte Suprema solo aceptó el impedimento de la magistrada Ruth Marina Díaz, pero no designó conjuez para reemplazarla, porque se considera que con el resto de los magistrados de esa Sala hay quórum suficiente para tratar el caso.
Por otra parte no se aceptaron los impedimentos de los magistrados Luis Armando Tolosa y Ariel Salazar y, en ese sentido, será este último el ponente de la decisión.
Salazar, a quien desde el principio le había correspondido el proceso, se había declarado impedido, al señalar que una familiar suya en tercer grado de consanguinidad está vinculada por contrato de prestación de servicios profesionales a la Alcaldía de Bogotá.
Sin embargo, la Sala rechazó el impedimento al estimar que en este caso lo que se cuestiona es el Decreto 570 del 20 de marzo de 2014, con el que el presidente de la República, Juan Manuel Santos, restituyó a Petro.
En consecuencia, el magistrado ponente tendrá 20 días para dar solución a la impugnación que presentó la Procuraduría y la Presidencia de la República contra la tutela que restituyó a Petro a la alcaldía, por estimar que el presidente Santos debía acatar las medidas cautelares otorgadas por la Cidh.















