Un grupo de personas enviaron una carta al secretario general de Naciones Unidas, António Guterres, en la que expresan sus reparos a la decisión del presidente Iván Duque de objetar la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP.

Publicado por: Colprensa
El documento está firmado por integrantes de las delegaciones que en nombre del gobierno de Colombia y de las Farc participaron en las negociaciones del Proceso de Paz, congresistas de las comisiones de paz del Senado de la República y de la Cámara de Representantes, exministros y exfuncionarios de gobierno, víctimas del conflicto armado, dirigentes de organizaciones de la sociedad civil, académicos y columnistas de opinión.
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Entre estas destacan Humberto de la Calle, exjefe del equipo de paz y exvicepresidente de la República; María Ángela Holguín, excanciller de la República; Frank Pearl, exnegociador de paz y exalto comisionado para la paz; Rodrigo Londoño (más conocido como Timochenko), Pablo Catatumbo, Pastor Alape y otros integrantes del equipo negociador de las Farc.
En la misiva señalan que los miembros del Consejo de Seguridad y la Fiscal de la Corte Penal Internacional habían manifestado su respaldo a los acuerdos de paz, pero que, a pesar de esto, “el gobierno del presidente Iván Duque Márquez persiste en formular nuevos obstáculos, o en intentar revivir debates ya superados en el trámite legislativo de las normas que deben regular el funcionamiento del recién inaugurado sistema de justicia transicional”.
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Los firmantes califican como “trabas” las objeciones a la Ley Estatutaria de la JEP que señaló el presidente Iván Duque el pasado domingo, en horas de la noche. Además, indican que la legislación ya había sido revisada por la Corte Constitucional, alto tribunal que –de acuerdo con el documento– las “declaró constitucionales”.
En la carta aseguran que estas objeciones, sumadas a la posible radicación de proyectos ante el Congreso respecto al tema significan “una variación unilateral del acuerdo de paz” y un “desconocimiento de las normas constitucionales que consagran los principios fundamentales que deben regir el funcionamiento de la JEP”.















