Colombia
Viernes 31 de enero de 2025 - 04:53 PM

Estos son los alcances de la expropiación “exprés” en el decreto de conmoción interior

El decreto establece que los dueños de tierras expropiadas recibirán una indemnización, pero el pago dependerá de un avalúo técnico que determinará el valor de la propiedad.

Estos son los alcances de la expropiación “exprés” en el decreto de conmoción interior.
Estos son los alcances de la expropiación “exprés” en el decreto de conmoción interior.

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Publicado por: Redacción Nacional

Este jueves se conocieron los nueve primeros decretos que expidió el Gobierno en el marco de la declaración de conmoción interior por la crisis humanitaria que vive la región del Catatumbo. Los documentos provienen de los ministerios de Agricultura, Defensa, Ambiente, Vivienda, Transporte, Trabajo y Comercio.

Cada uno faculta al Ejecutivo, con fuerza de ley, para tomar todo tipo de decisiones en los municipios de Ocaña, Abrego, El Carmen, Convención, Teorama, San Calixto, Hacarí, La Playa, El Tarra, Tibú y Sardinata. Así como en el área metropolitana de Cúcuta y parte de la región del Cesar que es del Catatumbo.

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Según pudo establecer El Colombiano, todavía otras carteras (como Hacienda) están alistando los documentos para revisión de la secretaría jurídica de la Presidencia, en cabeza de la abogada Paula Robledo, quien junto a su equipo de abogados sacó en tiempo récord el decreto inicial de la semana pasada donde se declaró la conmoción interior. Cuando el presidente Petro hizo el anuncio, como ha sucedido con otros asuntos, no consultó a sus asesores.

Por eso, la prioridad del Gobierno es “blindar” los decretos constitucionalmente antes de expedirlos. De hecho, hace pocos días la Corte Constitucional ya empezó la revisión del primer decreto firmado por el jefe de Estado en el que se declara la conmoción interior por 90 días (prorrogables). Desde hace 16 años, un presidente no usaba esa declaración y el último que lo hizo, el expresidente Álvaro Uribe, dijo que lo firmó “con desgano (...) para nada sirvió” y finalmente la Corte lo declaró inexequible (que no puede ser aplicada).

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Expresidentes como Juan Manuel Santos, también advirtieron que era innecesaria la declaración y que la Corte la podría tumbar. Esto bajo la interpretación de que lo que está sucediendo en el Catatumbo “no son hechos sobrevinientes” sino era una situación que venía escalando desde hace meses y que estalló este mes con la muerte de cerca de 80 personas y 50.000 desplazados.

¿De qué se trata la expropiación “exprés”?

A diferencia de una expropiación normal, que puede tardar años en resolverse en los tribunales, este decreto permite al gobierno actuar de manera rápida y directa. Una vez que se identifique un terreno que sea clave para enfrentar la emergencia, el Estado puede tomar posesión de él con un proceso mucho más corto, aunque sigue existiendo la obligación de compensar a los propietarios afectados.

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Asimismo, el exministro de Agricultura, Andrés Valencia, dijo que el decreto 0108 es polémico debido a que “primero podemos decir que es una especie de promesa incumplida de campaña del presidente. Y segundo, pues porque era un miedo muy latente de una gran parte de la población”.

“Pueden expropiarse ciertos predios y ciertas tierras y lo otro que es que los que están priorizados, aparentemente, entre esos son excombatientes. Eso quiere decir también que hay como una especie de favorecimiento o priorización a una población que tal vez no sea la que realmente está necesitando estos predios”, agregó Valencia.

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En cuanto a la parte financiera, el decreto establece que los dueños de tierras expropiadas recibirán una indemnización, pero el pago dependerá de un avalúo técnico que determinará el valor de la propiedad. Sin embargo, en contextos de crisis como este, los pagos pueden retrasarse o generar incertidumbre entre los propietarios que se ven obligados a ceder sus tierras.

Otro punto clave del decreto es la suspensión de transacciones sobre tierras en las zonas afectadas. Esto significa que, mientras dure la conmoción interior, no se podrán vender, transferir ni modificar los registros de propiedad, salvo en los casos en los que intervenga una entidad pública. Esta medida busca evitar que personas aprovechen la crisis para apropiarse de tierras abandonadas o en disputa.

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Además, el decreto permite el saneamiento automático de títulos. Esto significa que, si el gobierno adquiere un terreno, cualquier problema legal relacionado con su propiedad se eliminará de inmediato, facilitando su uso para programas de reubicación o producción agropecuaria.

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En términos económicos, la implementación de esta expropiación puede generar gastos adicionales para el Estado. No solo se trata de pagar indemnizaciones, sino también de invertir en la adecuación de las tierras para que sean productivas o habitables.

Resumen de agencias*

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Publicado por: Redacción Nacional

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