La reciente decisión oficial cambia obligaciones que por años fueron requisito en las vías. Descubra a quién aplica.

Publicado por: Danilo Cárdenas
La reciente Ley 2486 de 2025 trajo un cambio importante para miles de usuarios de vehículos eléctricos livianos, como bicicletas y patinetas eléctricas. Desde su entrada en vigencia, estos conductores quedaron oficialmente exentos de portar licencia de conducción, matrícula y SOAT, siempre que sus vehículos cumplan ciertos requisitos de peso, velocidad y potencia.
La medida busca facilitar el uso de alternativas sostenibles de transporte en las ciudades, reduciendo los costos y trámites para quienes se movilizan en este tipo de vehículos. Con esto, el Gobierno pretende impulsar tecnologías más limpias y disminuir los niveles de congestión en vías urbanas.
Sin embargo, esta exención no significa que todo esté permitido. Los usuarios deberán continuar respetando las normas de tránsito, mantener velocidades seguras y circular por las vías autorizadas. La ley define claramente quiénes pueden acogerse al beneficio y en qué condiciones.
🛴 ¿Sabías que las patinetas y scooters eléctricos ya tienen normas de uso?
— La Ceja del Tambo (@LaCejadelTambo) October 29, 2025
Realizamos una jornada pedagógica para socializar la Ley 2486 de 2025, promoviendo una movilidad segura y responsable. 🚦
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¿Cómo nació esta ley y qué pretende?
La Ley 2486 surgió como respuesta al crecimiento acelerado del uso de vehículos eléctricos livianos en las principales ciudades del país. Durante años, no existía una regulación clara, lo que generaba confusión entre autoridades, usuarios y organismos de tránsito.
El Gobierno y el Congreso coincidieron en la necesidad de ordenar el uso de estos vehículos y promover la movilidad sostenible. De allí nació una propuesta que integrara seguridad, claridad normativa y estímulos al transporte limpio.
Además de regular su circulación, la ley busca incentivar la transición hacia medios de transporte más ecológicos y amigables con el ambiente. También obliga a mejorar la infraestructura destinada a ciclistas y usuarios de movilidad eléctrica.
Prohibiciones y observaciones importantes que deben tener en cuenta los usuarios
Aunque ya no se exigirá licencia, matrícula ni SOAT, la ley establece reglas claras para evitar accidentes y mantener el orden en la vía. Por ejemplo, los vehículos no pueden superar los 1.000 vatios de potencia, deben pesar menos de 60 kilos o estar limitados a 40 km/h, y solo pueden ser manejados por personas mayores de 16 años.
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También se prohíbe su circulación por aceras, andenes o zonas peatonales, y podrán ser sancionados quienes no respeten la cicloinfraestructura o las señales locales. Las multas por incumplimiento pueden llegar a seis salarios mínimos diarios.













