Colombia
Jueves 26 de marzo de 2026 - 08:12 PM

Reabren proceso investigativo contra Gustavo Petro: esto decidió el Consejo de Estado

La alta Corte aseguró que mantiene intacta su competencia constitucional para juzgarlo como excongresista.

El presidente de Colombia, Gustavo Petro. // Foto: Cortesía - Presidencia.
El presidente de Colombia, Gustavo Petro. // Foto: Cortesía - Presidencia.

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Publicado por: Redacción Nacional

La Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado decidió revocar el fallo que había frenado la investigación contra Gustavo Petro cuando era senador y ordenó reabrir el caso por presuntas inasistencias injustificadas durante su etapa en el Congreso.

La alta corte dejó claro que el actual fuero presidencial no impide que el mandatario responda por hechos ocurridos antes de llegar a la Casa de Nariño, reafirmando que mantiene intacta su competencia constitucional para juzgarlo como excongresista.

La acción fue interpuesta por el ciudadano Joan Sebastián Moreno Hernández, quien solicitó la pérdida de investidura al señalar que Petro se ausentó de 17 sesiones plenarias entre el 28 de agosto de 2018 y el 27 de abril de 2022, en momentos en que se votaban proyectos de ley. Lea además: Gobierno Petro adjudicó más de $31 billones en contratos directos pese a fallo de la Corte

La decisión la emitió la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado. // Foto: Colprensa - Presidencia.
La decisión la emitió la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado. // Foto: Colprensa - Presidencia.

A esto se suman otras ocho faltas registradas durante la legislatura comprendida entre el 20 de julio de 2018 y el 20 de junio de 2019. Según la demanda, estas inasistencias configurarían la causal establecida en el numeral 2 del artículo 183 de la Constitución Política.

La defensa del Presidente Petro

La defensa del jefe de Estado argumentó que las ausencias estaban justificadas por motivos de salud y respaldadas por actos administrativos emitidos por la mesa directiva del Senado.

Sin embargo, el 21 de septiembre de 2022, la Sala 14 Especial de Decisión de Pérdida de Investidura declaró su falta de competencia para continuar con el proceso. En ese momento, los magistrados consideraron que el fuero presidencial impedía avanzar en un juicio que eventualmente podría afectar su actual cargo.

Tras la apelación del demandante, la Sala Plena corrigió ese criterio. Los magistrados concluyeron que existe una diferencia fundamental: no se está juzgando al Presidente por su gestión actual, sino al exsenador por su conducta pasada.

El caso se remonta a cuando Gustavo Petro era senador de Colombia.
El caso se remonta a cuando Gustavo Petro era senador de Colombia.

En ese sentido, enfatizaron que el fuero presidencial protege el ejercicio del cargo actual, pero no puede utilizarse como un mecanismo para evitar responder por actuaciones anteriores.

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Consejo de Estado advierte error al frenar la investigación

El alto tribunal fue enfático en señalar que suspender el proceso por el cargo actual de Petro constituye un error grave que va en contra de la Constitución.

Además, advirtió que esta decisión afectaba el derecho de los ciudadanos a ejercer control sobre sus representantes y exigir rendición de cuentas.

También aclaró que el proceso de pérdida de investidura tiene un alcance específico: determinar si un congresista pierde o no su condición, sin que esto implique automáticamente consecuencias penales o disciplinarias.

¿Podría afectar su presidencia? Esto dijo la Corte

Uno de los principales temores planteados en primera instancia era que un eventual fallo en contra generara una inhabilidad que impactara su permanencia como presidente.

Gustavo Petro, presidente de Colombia. // Foto: cortesía de Presidencia
Gustavo Petro, presidente de Colombia. // Foto: cortesía de Presidencia

No obstante, la Sala Plena precisó que ese análisis no corresponde a esta etapa procesal. Explicó que las posibles consecuencias del fallo deberán evaluarse en su momento, durante la sentencia de fondo, por el juez competente.

Con esta decisión, el caso se reactiva y seguirá su curso en la jurisdicción contencioso administrativa. El objetivo será determinar, con base en las pruebas, si Gustavo Petro incurrió o no en inasistencias injustificadas durante su periodo como senador.

El fallo del Consejo de Estado marca un precedente sobre los límites del fuero presidencial y refuerza el principio de que los funcionarios públicos deben responder por sus actos, incluso aquellos ocurridos antes de asumir cargos de mayor jerarquía.

Publicado por: Redacción Nacional

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