Economía
Martes 05 de noviembre de 2024 - 10:24 AM

¿Es pensionado? este es el dinero que recibirá de prima navideña

El monto varía por diferentes factores como la fecha en la que se pensionó y el dinero que recibe como pensión cada mes.

¿Es pensionado? este es el dinero que recibirá de prima navideña
¿Es pensionado? este es el dinero que recibirá de prima navideña

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Publicado por: Redacción Economía

Los pensionados acostumbran a recibir un monto de dinero mensual con el que cubren sus gastos y otras responsabilidades. Al igual que los demás colombianos, este grupo de personas, también, espera con ansias lo que es la ‘prima navideña’, conocida como ‘mesada 13′.

Entonces, ‘mesada 13′ es un salario que se le entrega a los pensionados por derecho. El monto varía por diferentes factores como la fecha en la que se pensionó y el dinero que recibe como pensión cada mes.

El artículo 50 de Ley 100 de 1993 se refiere a la ‘mesada’ adicional. Entonces, dice que “los pensionados por vejez o jubilación, invalidez y sustitución o sobrevivencia continuarán recibiendo cada año, junto con la mesada del mes de noviembre, en la primera quincena del mes de diciembre, el valor correspondiente a una mensualidad adicional a su pensión”. Puede leer: El día de elecciones presidenciales en Estados Unidos, el dólar abrió jornada al alza

Lo anterior se explica que en caso de tener una pensión por $3.000.000, por derecho, recibirá un total de $6.000.000, cifra en la que estará incluida la ‘prima navideña’.

Otros pensionados con $1.160.000 podrán recibir $2.320.000, valor en el que se encuentra la pensión y la prima navideña. Se trata de un ingreso adicional que se recibe a finales del año, el que, de por sí, es destinado para cubrir gastos y/o tener un dinero extra en fechas navideñas.

En pocas palabras, la prima navideña se debe calcular dependiendo del valor que recibe mensual como pensión. Representa una cantidad exacta que se suma a la normal, especialmente en diciembre que es el último mes del año.

La mesada 14

La ley dice que “las personas que se pensionaron entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011, y el monto no superaba los 3 salarios mínimos mensuales legales vigentes, tienen derecho al pago de su mesada 14 en junio”.
La ley dice que “las personas que se pensionaron entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011, y el monto no superaba los 3 salarios mínimos mensuales legales vigentes, tienen derecho al pago de su mesada 14 en junio”.

No obstante, de acuerdo con el Acto Legislativo 1 de 2005, hay algunos pensionados en Colombia que reciben una ‘mesada 14′ en el mes de junio, pero son casos especiales. La ley dice que “las personas que se pensionaron entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011, y el monto no superaba los 3 salarios mínimos mensuales legales vigentes, tienen derecho al pago de su mesada 14 en junio”.

Requisitos para pensionarse

Como la mesada 13 hace parte de la pensión, los requisitos necesarios para poder jubilarse son tener la siguiente edad y semanas cotizadas:

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Hombres: 62 años y mínimo 1.300 semanas.

Mujeres: 57 años y mínimo 1.300 semanas. Sin embargo, la nueva reforma aprobó que serán 1.000 semanas, las cuales desde 2025 se irá reduciendo, cada año bajará el tope 25 semanas hasta 2036.

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Publicado por: Redacción Economía

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