La historia laboral puede contener errores o períodos omitidos. Contratos, certificaciones y comprobantes de pago pueden ayudar a demostrar tiempos realmente trabajados.

Con la nueva fecha de entrada en vigencia ya fijada, revisar la historia laboral dejó de ser un trámite pendiente y se volvió una tarea urgente.
Basta imaginar a un trabajador que, después de décadas de esfuerzo, abre por fin su historia laboral y descubre que le faltan semanas, que trabajó y cotizó.
Pocas o muchas, pero las suficientes para que el sueño de pensionarse se tambalee. Casi de inmediato surge una pregunta que hoy circula con insistencia entre afiliados y expertos: la de si existe alguna forma de completar lo que falta pagando. Además: Gobierno estudia derogar decreto que ordenaba traer ahorro pensional desde el exterior
El reloj de la reforma ya corre
La inquietud tiene calendario. La Corte Constitucional fijó el 1 de abril de 2027 como fecha para la entrada en vigencia de las disposiciones de la reforma pensional, contenida en la Ley 2381 de 2024. Hasta entonces sigue funcionando el sistema regulado por la Ley 100 de 1993, que exige 57 años a las mujeres, 62 a los hombres y 1.300 semanas cotizadas.
En los fondos privados se piden 1.150 semanas, mientras que en Colpensiones son 1.300.
Con la reforma, el panorama se mueve, aunque no de golpe. Las mujeres tendrían una reducción gradual de 25 semanas por año hasta llegar a 1.000 en 2036, mientras que los hombres seguirían con 1.300 semanas y sin reducción. La edad, en cambio, se mantiene. Lea también: Superfinanciera abre investigación a fondos privados por $8,7 billones retenidos

Las 750 y 900 semanas que abren la puerta a la transición
Aquí aparece el dato que muchos buscan. La reforma establece un régimen de transición para las mujeres con 750 semanas o más y los hombres con 900 o más. Quienes lleguen a esos umbrales no se rigen por las nuevas reglas y continúan con las anteriores.
Publicidad
El corte estaba previsto inicialmente para el 1 de julio de 2025, pero el aplazamiento decidido por la Corte lo movió hacia la nueva fecha de entrada en vigencia.
Por eso, cada semana cuenta. Revisar la historia laboral con tiempo permite identificar inconsistencias y saber si hay períodos trabajados o cotizados que todavía no aparecen registrados. En ese margen puede estar la diferencia entre quedar bajo un régimen o bajo otro. Además: ¿Mesadas en riesgo? Suspensión de decreto afectaría pagos a afiliados que se trasladaron a Colpensiones

La respuesta corta y sin rodeos
Ante la pregunta que da título a esta historia, la respuesta es un rotundo no. Las semanas que nunca fueron trabajadas ni cotizadas no se pueden adquirir con dinero.
Sin embargo, el panorama cambia cuando hubo trabajo real o una obligación de cotizar que, por alguna razón, no quedó registrada. Para esos casos sí existen mecanismos de corrección.
Marcelo Duque, director de Cómo Me Pensiono y experto en temas pensionales, propone cambiar el enfoque desde el primer momento. “Lo primero que debe hacer una persona no es buscar cómo comprar semanas, sino revisar por qué no aparecen. Si realmente trabajó durante ese periodo, debe verificar qué ocurrió y reunir las pruebas que permitan demostrarlo”, explicó el experto. Lea también: Negaron pensión de sobreviviente a mujer que sostenía triángulo amoroso

Cuando el empleador no pagó los aportes
Entre las empleadas domésticas, los mayordomos y otros trabajadores dependientes puede ocurrir que un antiguo empleador haya olvidado, o simplemente omitido, realizar los aportes.
Publicidad
Eso no significa que las semanas se hayan perdido de manera automática. Lo primero es verificar qué pasó y reunir la documentación que demuestre que el período trabajado fue legítimo.
El experto es enfático en un punto. “La corrección tiene que estar ceñida a la realidad. No se pueden incorporar semanas solamente porque la persona las necesita para pensionarse. Tiene que existir evidencia de que ese periodo fue trabajado y que había una obligación de realizar los aportes”, advierte Duque. Siga informado: Aportes extra sin beneficio: el tope que limita las pensiones en Colombia desde 2026

Cuando el trabajo fue por cuenta propia
Quienes trabajaron como independientes y no registraron su actividad durante un tiempo pueden acudir al cálculo actuarial, un procedimiento matemático y financiero que permite establecer el valor actual de los aportes pensionales que no se hicieron en su momento.
Con él se pueden pagar los períodos no registrados, pero no se trata de entregar dinero y recibir semanas a cambio. Deben cumplirse validaciones y comprobarse que existieron tiempos laborales sin cobro; de lo contrario, la vía no sirve para inventar ni suponer períodos.
Publicidad
Un experto en pensiones explicó que la ley permite pedir a Colpensiones o al fondo privado este cálculo cuando hubo trabajo sin aportes, o cuando después de 2003 la persona no cotizó.
También advirtió que hoy esos cálculos están endurecidos, porque deben hacerse con el promedio de toda la vida y no con el salario mínimo. La referencia puede ser lo que la persona realmente reportó ante la DIAN en sus balances o estados financieros. Además, la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales, UGPP, podrá revisar que no se cometa fraude contra el sistema. Lea también: Colpensiones confirma beneficios para pensionarse con menos edad y semanas cotizadas

El respaldo de la norma para recuperar semanas
El cálculo actuarial está regulado en el Decreto 1833 de 2016, modificado, entre otras normas, por el Decreto 1296 de 2022. Allí se establece que los empleadores que omitieron la afiliación de sus trabajadores, así como ciertos independientes, pueden estar obligados a pagar el valor de esos períodos.
Las cotizaciones al sistema de pensiones son imprescriptibles y la administradora a la que está afiliado el trabajador es la encargada de elaborar el cálculo con la información laboral disponible. Una vez determinado el valor y cumplidas las condiciones, el pago puede imputarse a los períodos de omisión.
Publicidad
Por eso, los soportes pesan tanto. Contratos, certificaciones y comprobantes de pago pueden ser decisivos para demostrar qué ocurrió durante los meses o años que no aparecen. La aclaración también aplica para quienes llegan a la edad de pensión y descubren que tienen menos semanas de las esperadas.
Duque insiste en la cautela. “En materia pensional, la prisa y la generalización no son buenos aliados. Cada persona tiene una historia laboral diferente y lo que puede funcionar en un caso no necesariamente aplica para otro. Antes de tomar una decisión, es fundamental revisar las semanas, entender cada caso y determinar cuál es la ruta adecuada”, señala.
















