Conozca los requisitos, plazos y pasos clave para acceder a este beneficio tributario.

Publicado por: Laura Juliana Flórez
Con el cierre del calendario tributario para la declaración de renta, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) da inicio a un proceso esperado por miles de contribuyentes en todo el país: la devolución masiva de saldos a favor.
Este procedimiento, que se activa una vez terminan los plazos oficiales para declarar, permite recuperar los valores pagados de más, siempre y cuando el contribuyente cumpla con los requisitos establecidos y respete los tiempos definidos por entidad.
¿Qué es un saldo a favor y cómo se genera de acuerdo a la Dian?
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— DIANColombia (@DIANColombia) October 25, 2024
🧐 Cuando usted hace la solicitud, la DIAN revisa si la devolución de ese saldo a favor es procedente. pic.twitter.com/r7qf0Gxt32
Un saldo a favor se origina cuando, al presentar la declaración de renta, una persona ha pagado más impuestos de los que realmente debía. Esto suele ocurrir por retenciones en la fuente anticipadas o por errores en la planeación tributaria. Lea también: Subastas de la Dian en septiembre: propiedades desde $4 millones en varias ciudades
De acuerdo con la Dian, este valor se calcula tomando como base el impuesto a cargo por la actividad económica del año anterior, al cual se le restan las retenciones y anticipos correspondientes, y se le suma el anticipo del año siguiente.
Los contribuyentes pueden decir cómo utilizar su saldo a favor:
- Compensarlo en los años siguientes: Es la opción más común, pues permite usar ese monto para pagar impuestos futuros sin necesidad de trámites adicionales. Por ejemplo, si una persona tiene un saldo a favor de $1.000.000 y el próximo año debe pagar $2.000.000, solo deberá abonar $1.000.000.
- Solicitar la devolución en efectivo: Ideal para quienes necesitan recuperar el dinero directamente. En este caso, la solicitud debe realizarse a través del Servicio Informático de Devoluciones (si se cuenta con firma electrónica) o de manera presencial.
El trámite se puede efectuar desde el día siguiente a la presentación de la declaración, anexando el formato 1220 y los documentos exigidos por la Dian.
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Plazos, requisitos y tiempos de respuesta de la Dian
#LoÚltimoDIAN | Para acompañar a los contribuyentes en la regularización de sus obligaciones, la DIAN realiza llamadas telefónicas de orientación y apoyo.
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📞 El objetivo es promover el cumplimiento voluntario y prevenir sanciones, intereses o cobros coactivos.
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El plazo máximo para solicitar la devolución o compensación es de dos años después del vencimiento del término para declarar, siempre que el saldo no hay sido usado previamente.
En caso de tratarse de una liquidación oficial, el tiempo se cuenta desde la fecha ejecutoria. Lea también: DIAN alerta: estafadores usan mensajes falsos para robar datos en temporada de renta
La Dian se compromete a responder en un plazo de 20 días si el contribuyente presenta una garantía a favor de la Nación. Si no la presenta, el proceso puede tardar hasta 50 días hábiles desde el momento en que se radica la solicitud completa.
Este procedimiento aplica para personas naturales residentes en Colombia cuyos saldos a favor se generen en la declaración del impuesto sobre la renta del año gravable 2024 en adelante, utilizando el formulario 210.
Para acceder a la devolución, la declaración y la solicitud deben haberse presentado dentro de los plazos fijados por el Gobierno y no deben haber sido corregidos.
Además, el contribuyente debe:
- Tener actualizado el Registro Único Tributario (RUT).
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- No figurar con los códigos 18, 19 o 87 (relacionados con sucesiones o fallecimientos).
- No tener obligaciones pendientes con la Dian.
- No haber reportado ingresos por dividendos, ganancias ocasionales ni descuentos tributarios.
- Estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones formales.
La Dian por medio de sus sistema de análisis de riesgo, verificará el cumplimiento de todos los requisitos antes de aprobar la devolución.
















