El ajuste salarial se basa en la inflación de 2024 y en acuerdos con sindicatos. El incremento también aplica a funcionarios de entidades como contralorías, concejos y personerías.

Publicado por: Laura Juliana Flórez
El Gobierno Nacional oficializó un aumento del 7% en los salarios de gobernadores, alcaldes y empleados públicos de departamentos, municipios y distritos del país. La medida fue confirmada a través del Decreto 620 del 3 de junio de 2025.
Este ajuste se basa en la inflación del año pasado (5,2%), más un incremento adicional del 1,8%, acordado previamente en las mesas de negociación con las centrales sindicales del sector público. Lea también: Consejo Gremial advierte sobre posibles acciones legales por suspensión de la regla fiscal
¿Cuánto podrán ganar los gobernadores y alcaldes?

Los sueldos de estos mandatarios dependen de la categoría del territorio que administran, determinada por factores como el número de habitantes, ingresos fiscales y nivel de desarrollo económico. Lea también: Palma de aceite: el motor verde de Santander que impulsa al país
Para los gobernadores, el salario mensual máximo será:
- Categoría especial (como Antioquia, Cundinamarca y Valle): $25.504.632
- Primera categoría: $21.610.381
- Segunda categoría: $20.779.213
- Tercera y cuarta categorías: $17.879.219
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Para los alcaldes, los topes mensuales son:
- Categoría especial: $25.504.632
- Primera categoría: $21.610.381
- Segunda categoría: $15.620.461
- Tercera categoría: $12.530.100
- Cuarta categoría: $10.481.953
- Quinta categoría: $8.442.011
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- Sexta categoría: $6.378.254
Empleados públicos también verán reflejado el aumento

El decreto también fija los límites salariales para empleados de entidades como gobernaciones, concejos, personerías y contralorías, de acuerdo con el nivel de cargo que ocupen:
- Directivos: hasta $21.623.851
- Asesores: hasta $17.284.625
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- Profesionales: hasta $12.074.702
- Técnicos: hasta $4.476.171
- Asistenciales: hasta $4.431.758
Además, los empleados que ganen menos de $2.774.075 mensuales y no estén de vacaciones ni con licencias, recibirán un subsidio de alimentación de $98.931 al mes.
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Límites estrictos y control en los pagos

El decreto establece con claridad que ningún funcionario puede ganar más que el alcalde o gobernador de su entidad, y que los aumentos no podrán superar los topes definidos por el Gobierno.
También se regulan los viáticos, que se ajustarán de acuerdo con los valores establecidos para los empleados de la Rama Ejecutiva nacional. Lea también: Industria manufacturera muestra señales de recuperación con impulso del sector cosmético
En municipios de quinta y sexta categoría, los alcaldes deberán acogerse al tope de viáticos de la cuarta categoría, como medida de control presupuestal.
Finalmente, se aclara que solo el Departamento Administrativo de la Función Pública está autorizado para emitir conceptos oficiales relacionados con los salarios de los mandatarios territoriales.
*Con información de El Colombiano















