Política
Viernes 27 de septiembre de 2024 - 11:20 AM

Consejo de Estado Anula Nombramiento de Consejera Ante la OCDE en París

María Angélica Prada Uribe había sido designada en el empleo de consejera de relaciones exteriores, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Misión de la OCDE, con sede en París.

María Angélica Prada Uribe, consejera de relaciones exteriores, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Misión de la OCDE, en París.
María Angélica Prada Uribe, consejera de relaciones exteriores, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Misión de la OCDE, en París.

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Publicado por: Redacción Política

El Consejo de Estado declaró la nulidad del nombramiento provisional de la Consejera de Relaciones Exteriores ante la OCDE, con sede en París, Francia.

La decisión se tomó mediante sentencia proferida este 26 de septiembre de 2024, luego de que el Consejo de Estado consideró que su designación era innecesaria, toda vez que había alguien más en el Ministerio de Relaciones Exteriores, disponible para el cargo .

En fallo de primera instancia, la subsección “C” de la sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca había denegado las pretensiones de una demanda que pretendía anular el nombramiento, en provisionalidad, de una funcionaria en ese cargo.

María Angélica Prada Uribe había sido designada en el empleo de consejera de relaciones exteriores, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Misión de la OCDE, con sede en París.

En fallo de segunda instancia, el Consejo de Estado revocó la providencia del 13 de junio de 2024, que les dijo no, a las pretensiones de la demanda y, en su lugar declaró nula esa designación.

La decisión de primera instancia fue recurrida por la demandante y un coadyuvante.

Al estudiarla, el Consejo de estado concluyó que la designación de la señora María Angélica Prada Uribe es contraria a lo previsto en el artículo 60 del Decreto Ley 274 de 2000.

Y señala que, en el momento de la expedición del decreto demandado, “por lo menos existía una persona perteneciente a la carrera diplomática y consular, en disponibilidad para ser designada en dicha plaza”.

Por esta razón, se revocó la sentencia apelada.

Publicado por: Redacción Política

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