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Consejo de Estado mantuvo en firme la elección de Viviana Blanco como contralora de Bucaramanga
- Archivo / VANGAURDIA.
En fallo de segunda instancia, la Sección Quinta del Consejo de Estado negó la demanda por medio de la cual se pretendía la nulidad de la elección de Viviana Blanco Morales como contralora municipal de Bucaramanga, por presuntas irregularidades en el proceso que terminó con su selección.
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Para el alto tribunal de los contencioso administrativo la demanda de nulidad no estaba llamad a prosperar porque no existió irregularidades en la recusación que pesaba en contra del presidente del Concejo de Bucaramanga para la época de los hechos, por tener una estrecha amistad con Blanco Morales, toda vez que esta última era la madrina de bautizo de uno de los hijos del cabildante.
“Revisado el video de la plenaria del 4 de noviembre en los minutos 2:25:36 a 2:35:39, aproximadamente, como lo solicita la parte actora, esta Sala de decisión no encuentra ninguna clase de instigación o frases desafiantes que pretendan orientar el sentido de la votación en forma alguna, sino que, por el contrario, lo que se evidencia es que en el traslado el concejal participó para invitar a los miembros del concejo a votar de manera positiva o negativa y manifestó aceptar la decisión que se adopte sobre el particular”, dictó el Consejo de Estado.
Así mismo, la Sección Quinta desestimó que hubiera existido una causal de nulidad del proceso de elección de Contralor de Bucaramanga para el periodo 2022 - 2025, al haber calificado un certificado de postgrado en el exterior de Viviana Blanco si haber sido homologado por el Ministerio de Educación, ya que la entonces candidata presentó cuatro certificaciones de postgrado adicionales, situación que no influyó en el puntaje final de su proceso evaluativo.
“Con base en este antecedente y a lo previsto en el Decreto 1083 de 2015, citado anteriormente, la señora Blanco Morales tiene plazo de 2 años, contados a partir de la posesión del cargo, para tramitar y resolver lo referente a la homologación y convalidación de los títulos de formación académica en el exterior, de modo que no se incurrió en error por tenerlos en cuenta en esta fase”, agregó el alto tribunal.
Así mismo, la Procuradora Séptima delegada ante el Consejo de Estado había manifestado que los “cargos propuestos por la accionante no están llamados a prosperar y en tal sentido, solicitó confirmar la sentencia del 10 de junio de 2022 proferida por el Tribunal Administrativo de Santander”.