La medida es oportuna, si se tiene en cuenta que en Bucaramanga se cometen muchos abusos a la hora de enviar los vehículos a los patios oficiales.

Publicado por: Euclides Kilô Ardila
Los infractores viales, sobre todo aquellos que sienten que los alféreces les violan sus derechos, dispondrán de una herramienta para no permitir más atropellos.
El Ministerio de Transporte definió una nueva ‘regla de juego’ para tratar de solucionar los problemas que ocasiona el envío a los patios de los vehículos que han sido inmovilizados, justo cuando los conductores han violado las normas de Tránsito.
Es decir, los abusos que cometen algunos agentes a la hora de aplicarles los comparendos a los conductores infractores tendrán sus ‘tatequietos’.
¿De qué se trata?
De ahora en adelante, si usted es sorprendido en alguna infracción vial, si bien tendrá que asumir las consecuencias por su falta, dispondrá de mínimo una hora para llamar a un familiar que lo auxilie, para tratar de enmendar el hecho o incluso para evitar que su carro sea inmovilizado del todo.
Total: las grúas solo podrían llevarse su vehículo a los patios si en el término de ese tiempo usted no ha podido solucionar su situación.
La medida obedece a un fallo del Consejo de Estado, según el cual un policía de Tránsito no podrá inmovilizar un vehículo sin darle algún tipo de oportunidad al infractor.
Según el fallo del Alto Tribunal, el infractor sí deberá pagar el comparendo; pero ahora tendrá tiempo para reaccionar.
Lo que sí podrá evitar es la inmovilización y que el carro sea conducido a los tradicionales patios.
La medida, explicó Juan Camilo Ostos, viceministro de Transporte, cobijará tanto a vehículos particulares como a los públicos.
Así las cosas, indicó, si alguien es parado en un retén por falta de luces esta persona tendrá una hora para ir por el repuesto o mandar por él y evitar que los policías se lleven el vehículo.
De acuerdo con el alto funcionario, “esta medida busca facilitar el cumplimiento de la ley dentro de los parámetros de la conciencia, la legalidad y la conveniencia nacional para garantizar los derechos de los distintos actores del tránsito y así, evitar la discrecionalidad en la aplicación de las inmovilizaciones de los carros”.
El funcionario recordó que la inmovilización de un vehículo es un procedimiento que consiste en la suspensión de circulación y el traslado de un automotor por parte de las autoridades de Tránsito a un patio municipal o parqueadero autorizado, debido a la infracción de una o más normas viales.
Si la causa de la sanción puede ser subsanada en el sitio, la autoridad deberá detener la inmovilización.
Por ejemplo, si la infracción es otorgada por no portar el pase de conducción, el conductor tendrá un tiempo de una hora para presentarlo, antes de que se lleven el vehículo.
De igual forma, el artículo 127 de Código Nacional de Tránsito establece que si el vehículo está mal estacionado, la autoridad de Tránsito competente no podrá inmovilizar el vehículo si el propietario se encuentra en el lugar. Únicamente habrá lugar a la imposición del comparendo y a la orden de movilizar el vehículo.














