Colombia
Jueves 02 de octubre de 2025 - 11:37 AM

Mujer de 87 años condenada por no pagar IVA: Corte Suprema le otorga beneficio

La decisión abre debate sobre cómo deben tratarse judicialmente los adultos mayores.

La mujer ejercía como representante legal de una empresa.
La mujer ejercía como representante legal de una empresa.

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Publicado por: Redacción Nacional

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó parcialmente la condena contra una mujer de 87 años por el delito de omisión del agente retenedor o recaudador, pero le concedió cumplir la pena desde su lugar de residencia.

¿Por qué fue condenada la mujer de 87 años?

El alto tribunal precisó que no existe ninguna prohibición legal para otorgar prisión domiciliaria en este tipo de casos.
El alto tribunal precisó que no existe ninguna prohibición legal para otorgar prisión domiciliaria en este tipo de casos.

La mujer ejercía como representante legal de una empresa, lo que la hacía responsable de cumplir con las obligaciones tributarias.

En particular, debía consignar ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) los valores recaudados por concepto del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Sin embargo, durante varios períodos omitió realizar estas consignaciones en los plazos establecidos por el Gobierno Nacional, pese a que sí los había declarado. Lea también: Diego Cadena condenado a 7 años de prisión domiciliaria por soborno y fraude procesal

Esta omisión llevó a que fuera procesada penalmente y condenada por un juzgado de Bucaramanga, decisión que fue confirmada en segunda instancia por el Tribunal Superior, de esa ciudad.

En ese momento, se le negó la posibilidad de prisión domiciliaria, lo que generó controversia.

Lo que dijo la Corte Suprema

La Corte Suprema concluyó que las decisiones anteriores no tuvieron en cuenta elementos fundamentales del debido proceso ni la prespectiva etaria de la acusada.

“A sus 87 años e incluso dejando de lado las enfermedades que la aquejan, los jueces debieron examinar esas circunstancias que la hacen vulnerable y que obligaban a un tratamiento especial”, indicó la Sala Penal.

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El alto tribunal precisó que no existe ninguna prohibición legal para otorgar prisión domiciliaria en este tipo de casos, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos.

La Corte determinó que la mujer cumplirá su pena en su residencia, previa firma de un compromiso y la entrega de la caución equivalente a un salario minimo mensual vigente.

Además, ordenó que el Inpec realice en la casa de la condenada todos los procedimientos administrativos, incluida la reseña, y que se le otorguen los permisos necesarios para recibir atención médica.

Publicado por: Redacción Nacional

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