Una reforma disparó las solicitudes y cambió las reglas para deudores. Esto es lo que debes saber antes de iniciar el trámite.

Publicado por: Danilo Cárdenas
La Ley 2445 de 2025 reformó el régimen de insolvencia para personas naturales en Colombia y amplió el acceso a este mecanismo legal para miles de deudores que antes estaban excluidos, como pensionados, personas con créditos de libranza y pequeños comerciantes.
La normativa permite reorganizar deudas, suspender embargos y renegociar obligaciones financieras dentro de un proceso regulado. Antes de la reforma, muchos hogares y micronegocios enfrentaban descuentos automáticos, embargos y procesos de cobro sin una vía legal para ordenar sus finanzas.
Las cifras reflejan el impacto de la reforma. En 2024 se registraron 10.459 personas insolventes; en 2025 la cifra aumentó a 18.743, el mayor incremento histórico. En enero de 2026 se presentaron 1.550 solicitudes, un crecimiento del 28 % frente al mismo mes del año anterior.

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“Una vez se admite el proceso, el alivio se siente desde ese instante”: cambios clave y nuevos beneficiarios
La abogada y asesora de deudores Vanessa Méndez Farfán explicó que la reforma aceleró el uso del mecanismo y amplió su alcance. “Para muchos, simplemente no había una salida legal a sus problemas financieros”, afirmó, al referirse a la situación previa de pensionados y trabajadores con descuentos automáticos.
Según la experta, el proceso no es automático y exige demostrar la pérdida de capacidad de pago. “Básicamente deben explicar por qué no pueden pagar, relacionar a todos los acreedores, detallar ingresos, reportar bienes y proponer un plan de pago acorde con su realidad”, señaló. La solicitud se presenta ante centros de conciliación o notarías habilitadas.

Qué cambia con la admisión del proceso de insolvencia: embargos, libranzas y comerciantes
Uno de los efectos más relevantes ocurre con la admisión del trámite. “Una vez se radica la solicitud, el conciliador revisa si todo está en orden. Si se cumplen los requisitos, el proceso es admitido y el alivio empieza a sentirse desde ese momento”, explicó Méndez Farfán. Desde entonces se suspenden embargos, congelaciones de cuentas y otras medidas de cobro.
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La reforma también impacta los créditos de libranza. “Esta decisión ya no depende del banco: el empleador o el fondo de pensiones está obligado a suspenderlos”, afirmó la especialista, quien agregó que, si no se cumple, podrían devolver los valores descontados.
Además, pequeños comerciantes con bienes inferiores a 1.000 salarios mínimos (sin contar vivienda ni vehículo de uso personal) pueden acogerse al proceso y frenar cobros, demandas y embargos desde la admisión.















