Colombia
Jueves 09 de abril de 2026 - 09:32 AM

Por qué subió el predial este año y qué límites de pago estableció el IGAC en Colombia

Entérese de las dos rutas de atención para ajustar cobros que superen el precio comercial y vea cómo la ley protege su bolsillo ante el rezago técnico.

(Foto: Archivo /VANGUARDIA LIBERAL)
(Foto: Archivo /VANGUARDIA LIBERAL)

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Publicado por: Redacción Vanguardia

El panorama tributario en las regiones de Colombia atraviesa una transformación estructural tras la reciente actualización catastral que ha impactado el bolsillo de miles de propietarios. En medio de la incertidumbre generada por el incremento en las facturas del impuesto predial, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) ha salido al paso para explicar las razones técnicas y legales detrás de estos ajustes, que buscan saldar una deuda histórica de información geográfica en el país.

Según las directrices del Gobierno Nacional, este proceso responde a lo consignado en el Plan Nacional de Desarrollo, específicamente en su artículo 49, el cual faculta al Ejecutivo para reducir los rezagos en los avalúos catastrales. La medida, que se aplica por única vez bajo estas condiciones, pretende modernizar un sistema que, en muchos casos, operaba con datos de hace tres décadas.

Rezago histórico y equidad en el valor del suelo

El director del IGAC, Gustavo Marulanda, reveló cifras que evidencian la desactualización del territorio nacional. De acuerdo con el funcionario, el rezago promedio en el país es de 16 años, aunque se han detectado casos críticos donde municipios sumaban hasta 32 años sin renovar sus censos inmobiliarios. Esta situación provocaba que el valor catastral de los predios fuera apenas una fracción mínima del precio de mercado.

“En algunos casos el avalúo era solo el 4% del valor comercial”, señaló Marulanda, enfatizando que el objetivo primordial es buscar equidad y progresividad tributaria. Con la actualización de 533 municipios durante el presente año, el IGAC ha logrado cubrir cerca del 80% del territorio nacional con nuevos valores, eliminando situaciones donde predios de alto valor pagaban sumas que el funcionario calificó como “irrisorias”.

Topes legales y mecanismos para la reclamación

Para mitigar el impacto económico en la ciudadanía, la normativa vigente establece límites estrictos al incremento del impuesto. Para el 98% de los predios en el país, el tributo no puede subir más del 50% de lo pagado el año anterior, siempre que se trate de inmuebles menores a 100 hectáreas. En el caso de propiedades rurales de mayor extensión, el tope máximo de cobro será el doble del valor cancelado en la vigencia anterior.

Ante posibles inconsistencias donde el avalúo asignado supere el valor comercial real del predio, los ciudadanos cuentan con dos rutas claras de atención:

  • Secretarías de Hacienda Municipales: Para trámites relacionados directamente con la liquidación del impuesto y errores en la facturación.
  • Oficinas del IGAC y Unidades Móviles: Para solicitar la revisión técnica del avalúo cuando el propietario considere que el valor catastral no corresponde a la realidad económica de su inmueble.

Finalmente, el instituto confirmó que mantendrá un despliegue en territorio, iniciando visitas en el departamento de Boyacá, con el fin de asesorar a alcaldes y secretarios de despacho en la correcta aplicación de estas medidas, velando especialmente por la protección de los pequeños productores campesinos

Publicado por: Redacción Vanguardia

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