El requerimiento, firmado por Iris Marín, exige conocer quién impartió la orientación, desde cuándo rige y con qué fundamentos técnicos se adoptó.

Publicado por: Danilo Cárdenas
La Defensoría del Pueblo le solicitó formalmente al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar que precise cuál es la orientación institucional vigente sobre el lenguaje que emplea la entidad para referirse a las niñas, los niños y los adolescentes, y que remita copia de los documentos con los que esa directriz fue impartida.
La petición quedó consignada en un oficio radicado el martes en Bogotá firmado por la defensora del Pueblo, Iris Marín Ortiz, y dirigido a la directora general del ICBF, María Carolina Restrepo Cañavera.
En el documento, la Defensoría señala que la solicitud surge de la información conocida a través de medios de comunicación sobre una instrucción impartida en la Regional Huila para usar la expresión “niños y adolescentes” sin incluir expresamente a las niñas, y de los posteriores pronunciamientos de la directora general en los que se ha sostenido que el término “niñez” comprende a unos y otras. Le puede interesar: ¿Niños, niñas o niñez? La directriz institucional que desató una disputa por el lenguaje en Colombia
🚨Atentos🚨@DefensoriaCol pide explicaciones a @ICBFColombia por instrucción de usar la expresión “niñez y adolescentes” sin mencionar expresamente a las niñas
— Espinosa (@EspinosaRadio) August 26, 2026
Advierte que el lenguaje puede ser un factor de inclusión o exclusión y pregunta quién dio la orden, sus fundamentos… pic.twitter.com/eK6WYZZmkG
Qué le exige la Defensoría al ICBF
El requerimiento pide, en síntesis, cuatro cosas: informar cuál es la directriz vigente sobre el uso de las expresiones “niñas”, “niños”, “adolescentes” y “niñez”, precisando si tiene alcance nacional o regional, quién la impartió y desde cuándo rige; remitir copia de las circulares, correos, lineamientos o comunicaciones con las que se comunicó.
Además, explicar los fundamentos técnicos, jurídicos y de derechos humanos que sustentaron su adopción; y precisar si se valoraron sus efectos sobre la visibilización de las niñas y si el Instituto contempla revisar o ajustar la orientación.
La Defensoría sustenta su solicitud en el artículo 12 de la Ley 1098 de 2006, que ordena tener en cuenta la perspectiva de género en todos los ámbitos en los que se desenvuelven los niños, las niñas y los adolescentes, y en una línea jurisprudencial de la Corte Constitucional que va desde la Sentencia C-804 de 2006 hasta la T-250 de 2024, en la que el alto tribunal ha cuestionado el uso del masculino como referente universal cuando este termina invisibilizando a las mujeres.
Para la entidad, la claridad, la economía y la eficiencia comunicativa pueden ser criterios legítimos de comunicación pública, pero no bastan por sí solos para justificar una decisión institucional que reduzca la visibilidad de sujetos cuya protección diferenciada está exigida por la Constitución y la ley.
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El oficio advierte que nombrar a las niñas y desagregar la información no es “ornamental”, pues ayuda a caracterizar violencias que las afectan de manera específica o desproporcionada, como la violencia sexual, la explotación, las uniones tempranas y la trata.
El ICBF respondió a través de su cuenta en X que atenderá el requerimiento conforme lo determina la ley. “Desde ya reiteramos que el ICBF no pretende borrar a las niñas del lenguaje institucional y mucho menos excluir o vulnerar a esta población”, señaló la entidad.
Responderemos a la solicitud hecha por la @DefensoriaCol conforme lo determina la ley. Desde ya reiteramos que el @ICBFColombia no pretende borrar a las niñas del lenguaje institucional y mucho menos excluir o vulnerar a esta población.
— Bienestar Familiar | ICBF (@ICBFColombia) August 26, 2026
Cómo se originó la polémica por el lenguaje del ICBF
La controversia se destapó a mediados de agosto, cuando la representante Lourdes Mateus, del Pacto Histórico por Huila, denunció la existencia de una directriz interna que ordenaba prescindir de la palabra “niña” para usar en su lugar “niños y adolescentes”. El documento había sido firmado por el entonces director encargado del ICBF en Huila, Carlos Cabrera.
El miércoles 19 de agosto, a través de la cuenta oficial del Instituto en X, se divulgó la nueva orientación sobre el lenguaje institucional: una comunicación de la directora general dirigida a funcionarios y colaboradores con los lineamientos para un lenguaje “claro e incluyente”, en la que se precisó que la entidad hablaría de niñez, adolescencia y familias colombianas.
El comunicado sostiene que el término “niñez” abarca a la totalidad de niños, niñas y adolescentes del país, junto con los derechos y garantías definidos por la Constitución y la ley.
Una de las más citadas fue la de María Cristina Hurtado, corredactora del Código de Infancia y Adolescencia y exdefensora delegada para derechos de infancia, adolescencia y mujeres, quien advirtió que no nombrar a las niñas implicaría una nueva vulneración de sus derechos y el incumplimiento de normas constitucionales y convencionales.
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Su argumento es que nombrarlas de manera diferenciada permite reconocer condiciones específicas y aplicar el enfoque de género contemplado en las normas colombianas. Le recomendamos: Uno de cada dos niños vive en pobreza en el país: alerta Unicef
Restrepo Cañavera se ha ratificado en varias ocasiones. Respondió que las niñas tendrán toda la protección que ordenan la Constitución, la ley y los tratados internacionales, incluido el enfoque de género del artículo 12 del Código de Infancia y Adolescencia, y que el Instituto no está para promover activismos ni ideologías.
Esta semana fue más allá y les preguntó a sus críticos en qué norma y en qué artículo específico estaría consagrada la obligación de usar siempre la fórmula “niños, niñas y adolescentes”, al considerar que ni la Constitución, ni el Código de Infancia y Adolescencia, ni la Ley 1146 de 2007, ni la Convención sobre los Derechos del Niño la establecen.















