La decisión judicial surgió tras una demanda presentada por una organización ciudadana.

Publicado por: Redacción Vanguardia
El presidente Gustavo Petro tendrá que cambiar la forma en la que se refiere a las elecciones en sus discursos y publicaciones oficiales. El Consejo de Estado le ordenó abstenerse de utilizar sus redes sociales y espacios institucionales para promover al Pacto Histórico de cara a las próximas elecciones.
La decisión quedó consignada en un fallo de segunda instancia que resolvió una acción de cumplimiento presentada por la Fundación para el Estado de Derecho contra el mandatario y el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE). La organización sostuvo que se estaba incumpliendo la ley estatutaria que prohíbe a los servidores públicos hacer propaganda política a favor o en contra de partidos y movimientos.
La Sección Quinta del alto tribunal revisó publicaciones hechas por Petro en su cuenta de la red social X, además de varios discursos transmitidos por canales oficiales. Tras ese análisis, los magistrados concluyeron que el presidente sí habría cruzado la línea que impone la legislación electoral.
Uno de los episodios revisados ocurrió durante una movilización en Ibagué, en octubre de 2025, cuando el mandatario invitó públicamente a respaldar el “proyecto progresista” y a elegir una mayoría afín en el Congreso.
Los mensajes que revisó el tribunal
Dentro del expediente también quedaron incluidas varias publicaciones del jefe de Estado relacionadas con coyunturas políticas y electorales.
Entre ellas aparece un mensaje publicado luego de conocerse una encuesta de Invamer a finales del año pasado. En ese momento, Petro escribió: “Si vuelve a elegirse el proyecto democrático, Bolívar vivirá en los corazones de todas y todos los colombianos”.
Los magistrados también analizaron otra publicación relacionada con la controversia por la personería jurídica del Pacto Histórico en el Consejo Nacional Electoral (CNE). En ese mensaje, el mandatario afirmó que “el Pacto Histórico debe prender todas las armas”, al considerar que existía una acción “dictatorial” para dejar por fuera a esa colectividad.
El fallo llega además en medio de una semana marcada por nuevas presiones institucionales sobre la Casa de Nariño. Hace pocos días, la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes abrió una investigación formal contra Petro por presunta participación política en la campaña de 2026.
Publicidad
Según esa célula legislativa, actualmente existen diez expedientes abiertos relacionados con este tema.
#Colombia | El Consejo de Estado ordenó al presidente Petro abstenerse de difundir propaganda electoral a favor o en contra de cualquier partido político.
— Red+ Noticias (@RedMasNoticias) May 29, 2026
Informa: @juanitatovars
Comentarios: @paulitagarciag / @ReinaMauricio
Más noticias en https://t.co/l1e7QwzG8J pic.twitter.com/PrFkms8Kmu
Durante una reciente movilización en Sincelejo, el presidente volvió a referirse al escenario electoral con una frase que llamó la atención: “¿Votamos por la vida o votamos por la muerte?”. Sin embargo, en medio de su intervención hizo una pausa irónica y añadió: “Hasta ahí. Que ya me quieren procesar”.
Procuraduría vigilará el cumplimiento
El Consejo de Estado también recordó dentro de la sentencia un pronunciamiento del procurador general, Gregorio Eljach, quien pidió al presidente y a los integrantes de su gabinete respetar las normas constitucionales y evitar el uso de recursos públicos para hacer proselitismo.
La Procuraduría anunció esta misma semana la apertura de indagaciones contra seis ministros del actual gobierno y decenas de funcionarios más por presunta participación indebida en política.
Por otro lado, el fallo absolvió al DAPRE de esta restricción. Los magistrados explicaron que la prohibición recae directamente sobre los funcionarios públicos como personas naturales y no sobre la entidad estatal.
La decisión del Consejo de Estado también revocó un fallo anterior del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que, en marzo de 2026, había negado la demanda ciudadana argumentando que una acción de cumplimiento no era el mecanismo para castigar eventuales faltas disciplinarias.
Ahora, el alto tribunal aclaró que el objetivo de la acción judicial no era sancionar disciplinariamente al presidente, sino obligarlo a cumplir una prohibición establecida en la ley electoral.
Con esta providencia, Gustavo Petro deberá modificar el tono y contenido de sus mensajes institucionales para evitar referencias que puedan interpretarse como promoción política o electoral. La Procuraduría General de la Nación será la encargada de vigilar el cumplimiento de la orden judicial.















