Colombia
Jueves 20 de agosto de 2026 - 07:27 AM

Abelardo De La Espriella decreta emergencia económica tras devastador sismo de 7,4; este es el documento

La decisión quedó establecida en el Decreto 1261 del 19 de agosto de 2026.

El Gobierno Nacional deberá presentar ante el Congreso de la República un informe motivado sobre las causas que llevaron a declarar la emergencia y las medidas legislativas adoptadas.
El Gobierno Nacional deberá presentar ante el Congreso de la República un informe motivado sobre las causas que llevaron a declarar la emergencia y las medidas legislativas adoptadas.

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Publicado por: Redacción Vanguardia

El Gobierno Nacional declaró oficialmente el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por la grave calamidad pública provocada por el terremoto de magnitud 7,4 ocurrido el pasado 10 de agosto.

La decisión quedó establecida en el Decreto 1261 del 19 de agosto de 2026 y tendrá una duración de 30 días. Durante ese periodo, el Ejecutivo podrá adoptar medidas extraordinarias relacionadas directamente con la emergencia.

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El documento reporta 314 personas fallecidas, 4.437 heridas y 262 desaparecidas. Además, registra 262.154 personas damnificadas como consecuencia del desastre.

Los daños materiales también fueron incluidos en el balance. Hay 30.664 viviendas destruidas y 136.946 averiadas, mientras que 302 edificios colapsaron.

La infraestructura de salud y educación también resultó afectada. El decreto registra daños en 352 centros de salud y 3.470 centros educativos.

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¿Por qué se declaró la emergencia económica?

De acuerdo con el decreto, la magnitud de la calamidad exige una respuesta que supera la capacidad inmediata de las entidades territoriales y de la Nación.

A esto se suma la situación fiscal descrita por el Gobierno. El documento señala que el endeudamiento bruto de la Nación supera el 60 % del PIB y que el Presupuesto de 2026 se encuentra desfinanciado tras la no aprobación de la Ley de Financiamiento en el Congreso.

El Ejecutivo sostiene que, en estas condiciones, los mecanismos ordinarios disponibles no son suficientes para atender de manera oportuna las necesidades generadas por el terremoto.

Entre las facultades previstas está la posibilidad de expedir decretos con fuerza de ley destinados exclusivamente a enfrentar la crisis y evitar que sus efectos se extiendan.

El Gobierno podrá agilizar los trámites relacionados con operaciones de crédito público externo para facilitar la disponibilidad de recursos.

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También se contempla el uso temporal de inmuebles urbanos y rurales administrados por la Sociedad de Activos Especiales (SAE), a través del FRISCO. Estos bienes podrán destinarse a albergues temporales, reubicación de servicios esenciales y acopio de ayuda humanitaria.

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El decreto plantea además ampliar el mecanismo de Obras por Impuestos a los municipios afectados, sin necesidad del cupo fiscal específico del Confis.

En materia educativa, se contempla habilitar espacios físicos alternativos y modalidades remotas cuando los establecimientos no puedan funcionar. También se plantean cambios en las reglas del Programa de Alimentación Escolar (PAE) para atender a los estudiantes afectados por la emergencia.

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Otra de las medidas está relacionada con el sector cooperativo financiero. De manera excepcional, estas entidades podrían prestar servicios de crédito, captación y auxilio a población afectada que no esté asociada.

Publicado por: Redacción Vanguardia

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