La corporación suspendió los efectos de la resolución expedida por el Ministerio de Cultura en 2024, al advertir posibles problemas de competencia y de procedimiento.

Publicado por: Redacción Vanguardia
El sombrero que perteneció a Carlos Pizarro Leongómez quedó nuevamente en el centro de una disputa jurídica. El Consejo de Estado suspendió de manera provisional los efectos de la resolución con la que el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes lo había reconocido como patrimonio cultural de la Nación en 2024.
La decisión no significa que el reconocimiento haya sido anulado de manera definitiva. Se trata de una medida cautelar adoptada mientras avanza el proceso en el que se estudia la legalidad de esa resolución.
El caso llegó a los tribunales luego de una demanda en la que se cuestionó la forma en que el Ministerio realizó el reconocimiento. Entre los argumentos expuestos por los demandantes estaba que el entonces ministro no tendría competencia para declarar directamente el sombrero como patrimonio mediante una resolución.
Cómo se hizo el reconocimiento
En su revisión preliminar, el Consejo de Estado encontró elementos que justificaban suspender temporalmente los efectos del acto administrativo.

Uno de los puntos señalados por la corporación está relacionado con el procedimiento previsto en la legislación colombiana para declarar bienes de interés cultural del ámbito nacional. La Ley General de Cultura contempla la participación del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural antes de que el Ministerio adopte este tipo de decisiones.
Según el análisis realizado en esta etapa del proceso, las normas citadas en la Resolución 218 del 17 de junio de 2024 no le habrían dado al ministro la facultad para efectuar directamente ese reconocimiento bajo la figura utilizada. Lea: Ministerio de Cultura inicia recuperación del patrimonio afectado por el terremoto
La corporación también revisó la orden de incluir el sombrero en el Registro Nacional de Patrimonio Cultural y señaló que este registro está ligado al procedimiento establecido para los bienes que cuentan con una declaratoria de interés cultural.
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Otro asunto que quedó bajo revisión es el eventual uso de un Plan Especial de Manejo y Protección, conocido como PEMP, instrumento contemplado por la legislación cultural para determinados bienes que reciben esta clase de protección. Estos cuestionamientos hacen parte del análisis judicial y no equivalen a una sentencia definitiva sobre la legalidad de la resolución.

¿Qué sigue para el sombrero de Pizarro?
La suspensión provisional mantiene en pausa los efectos del reconocimiento mientras continúa el proceso judicial. Será en una decisión posterior cuando el Consejo de Estado determine de fondo si la Resolución 218 de 2024 se ajustó o no a las normas que regulan la protección del patrimonio cultural en Colombia.
Por esa razón, la decisión conocida este miércoles no implica que el sombrero haya perdido definitivamente su condición de patrimonio cultural de la Nación. Lo que existe, hasta ahora, es una suspensión temporal de los efectos del acto administrativo que le otorgó ese reconocimiento.















