La Corte negó las solicitudes de nulidad presentadas por representantes de la Iglesia católica.

Publicado por: Redacción Vanguardia
La Iglesia católica en Colombia deberá entregar información solicitada por periodistas sobre sacerdotes denunciados por presuntos delitos sexuales contra menores de edad. La Corte Constitucional mantuvo vigente la decisión que ordenó suministrar estos datos, luego de estudiar las peticiones de nulidad presentadas por varias organizaciones religiosas.
El proceso comenzó en 2023, cuando los periodistas Juan Pablo Barrientos y Miguel Ángel Estupiñán solicitaron a distintas instituciones religiosas información sobre sacerdotes señalados en denuncias de violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes. Lea: Salud del papa León XIV: ¿Qué se sabe sobre la posibilidad de recibir quimioterapia?
Las solicitudes también incluían antecedentes de su trayectoria dentro de las instituciones, funciones que habían desempeñado, quejas recibidas y actuaciones adoptadas frente a los señalamientos.
Ante las negativas y las respuestas que consideraron incompletas, los periodistas acudieron a la acción de tutela. El caso llegó a la Corte Constitucional, que en la sentencia SU-184 de 2025 revisó decisiones judiciales correspondientes a 50 expedientes acumulados.

¿Por qué la Iglesia cuestionó la decisión?
Entre los argumentos expuestos por las organizaciones religiosas para solicitar la nulidad estaba la posible afectación a la intimidad, el buen nombre y la presunción de inocencia de los sacerdotes. También plantearon reparos relacionados con la autonomía de las iglesias y las normas de protección de datos personales.
Al revisar estos cuestionamientos, la Corte reiteró que la información en poder de una institución religiosa no queda automáticamente bajo reserva por el solo hecho de que esta la custodie. El análisis también tuvo en cuenta la protección de los derechos de los menores de edad y el interés público de las investigaciones periodísticas.
La decisión, sin embargo, establece que el acceso a los datos implica una responsabilidad para quienes los reciben. Los periodistas deberán verificar y divulgar la información con diligencia, veracidad y equilibrio, sin desconocer los derechos fundamentales de las personas involucradas.
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¿Qué información deberán entregar las organizaciones religiosas?
La orden contempla datos sobre sacerdotes denunciados o investigados por presuntos delitos sexuales contra menores, así como información sobre la trayectoria de religiosos que hayan ejercido labores pastorales y tenido relación con la sociedad, incluso si no están vinculados a denuncias de esta naturaleza.
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Entre las instituciones que cuestionaron el fallo se encuentran la Conferencia Episcopal de Colombia, varias diócesis y arquidiócesis del país, además de comunidades religiosas como la Compañía de María-Padres Montfortianos y los Misioneros Javerianos de Yarumal.
Con la decisión de la Corte, se mantiene la obligación de entregar la información en los términos establecidos para cada caso. La medida busca garantizar el acceso a datos de interés público, sin eliminar las garantías legales que protegen a las personas mencionadas en las solicitudes.
















