La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) imputó crímenes de guerra y de lesa humanidad a 15 militares, entre ellos, dos tenientes coroneles, tres mayores, un teniente, dos subtenientes, dos sargentos primero, un sargento viceprimero, un cabo tercero, y tres soldados profesionales, exmiembros del batallón de Artillería No 2 'La Popa', ubicado en Valledupar (Cesar), por falsos positivos.

Publicado por: Colprensa
Esto, en el marco del subcaso Costa Caribe, del caso magro 03, llamado 'Asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como bajas en combate por agentes del Estado’, conocidos popularmente como `falsos positivos´.
Esta imputación se debe a la presunta participación de estos militares en el asesinato de por lo menos 127 personas en el norte de Cesar y el sur de la Guajira en estado de indefensión y presentadas como bajas en combate entre el 9 de enero de 2002 y el 9 de julio de 2005.
“Estos hechos no hubieran ocurrido sin alianzas de grupos paramilitares y sin un conjunto de incentivos, amenazas y presiones que ejercieron los comandantes sobre sus subordinados para obtener muertos en combate”, dijo el magistrado Oscar Parra Vera.
Agregó que los 15 militares hicieron parte de una organización criminal que se conformó dentro de la unidad militar y a través de la cual se desplegó una conducta extendida, y a gran escala, para presentar resultados operacionales ficticios, en los que con pleno conocimiento de su ilegalidad encubrieron sus actos para hacerlos ver como legales, separándose de las normas constitucionales y reglamentarias de las operaciones militares con el fin de mejorar la percepción de seguridad y mostrar avances en la guerra contra la insurgencia.
Por esta razón, la Sala de Reconocimiento de la JEP, les imputó los delitos de “homicidio en persona protegida y desaparición forzada contemplados en el código penal colombiano, así como los crímenes de asesinato y desaparición forzada de personas y el crimen de guerra de homicidio.” añadió el magistrado Vera.
Los imputados como autores por ser los máximos responsables de estos hechos, al haber dado órdenes sin las cuales las conductas criminales no hubieran tenido lugar de forma sistemática y generalizada, son los tenientes coronel Julio Hernán Mejía, comandante del batallón 'La Popa' entre 2002 y 2003 y Juan Carlos Figueroa quien lo sucedió entre 2004 y 2005.
De las 127 muertes reportadas por la JEP, 75 ocurrieron bajo el mando de Julio Hernán Mejía y 52 bajo las órdenes de Juan Carlos Figueroa, en donde, especialmente, los pueblos indígenas Wiwa y Kankuamo, fueron víctimas de un daño grave, diferenciado y desproporcionado por parte de los hoy imputados integrantes de esta unidad militar, quienes utilizaron la desaparición forzada como patrón principal.
Por otro lado la Sala de Reconocimiento imputó como coautores al mayor José Pastor Ruiz, oficial de inteligencia y de operaciones; al mayor Guillermo Gutiérrez, comandante de batería y oficial de operaciones, al mayor Heber Hernán Gómez, responsable de la sección de operaciones y jefe de estado mayor; al sargento primero Efraín Andrade, responsable de la sección segunda; al sargento primero Manuel Valentín Padilla, agente de inteligencia externa de la sección de inteligencia; y al teniente Carlos Andrés Lora Cabrales, comandante de batería y comandante del grupo especial Trueno.
Bajo esta misma línea fueron imputados el subteniente Eduart Gustavo Álvarez Mejía, comandante de pelotón; el sargento viceprimero José de Jesús Rueda Quintero, comandante de pelotón; el subteniente Elkin Leonardo Burgos Suárez, comandante de pelotón; el cabo tercero Elkin Rojas, comandante de escuadra; el soldado profesional Juan Carlos Soto Sepúlveda quien hizo parte del pelotón Albardón 3 y los soldados profesionales Yeris Andrés Gómez Coronel y Alex José Mercado Sierra, que conformaron pelotones del BAPOP, en particular, el grupo especial Zarpazo.
Tras esta imputación que está reflejada en un auto que explica a los imputados los delitos por los cuales son investigados, los militares tienen 30 días hábiles para reconocer los hechos y su responsabilidad o rechazarlos de manera escrita.
Al terminar el periodo de 30 días hábiles y recibir la respuesta de los comparecientes, la JEP decidirá si fija una fecha para una audiencia pública de Reconocimiento, la cual contará con la participación de las víctimas.
Las imputaciones en el batallón de Artillería No 2 'La Popa’ hacen parte del primer auto que se relaciona con el subcaso Costa Caribe, en el cual de las 127 personas que fueron presentadas ilegítimamente como bajas en combate, 58 fueron investigados en la justicia penal ordinaria y 13 permanecieron en la Justicia Penal Militar.
En los siguientes autos que se esperan, se investigará lo ocurrido en los departamentos de Norte de Santander, Antioquia, Meta, Huila, Casanare y el Caribe.















