Economía
Jueves 08 de agosto de 2024 - 02:27 PM

Para evitar declarar renta, ¿existe límite de consumo con tarjeta de crédito?

Aquellos ciudadanos que no declaren renta en el tiempo estipulado por la Dian podrían enfrentar sanciones y multas económicas.

La Dian determinó que las personas naturales deberán presentar su declaración si han tenido consumos superiores a $59.377.000 durante el año anterior.
La Dian determinó que las personas naturales deberán presentar su declaración si han tenido consumos superiores a $59.377.000 durante el año anterior.

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Publicado por: Redacción Economía

El próximo lunes 12 de agosto comienza el calendario para que las personas naturales presenten su declaración de renta, para lo cual es importante tener en cuenta que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, estableció nuevas normativas en el país para la presentación de esta obligación tributaria.

Es importante recordar que aquellas personas que no cumplan con este requisito podrían enfrentar sanciones y multas económicas.

Precisamente, una de las principales dudas que surgen en torno a esta declaración está relacionada con el uso de tarjetas de crédito, pues son muchos los colombianos que desconocen cuál es el tope de gastos que no pueden superar para evitar presentar este trámite.

Para quienes no tienen claro en qué se basa este impuesto, deben saber que se trata de los movimientos financieros del año anterior.

Puede leer: Ojo con las estafas si va a declarar renta: Dian advierte sobre mensajes ‘fraudulentos’

Además, existen otros límites establecidos por la Dian que, aunque no se haya utilizado la tarjeta de crédito, requerirán la presentación de la declaración de renta.

Estos son los límites por los que debe declarar renta

  • Personas con un patrimonio bruto al último día del año gravable 2023 superior a las $190.854.000
  • Personas que hayan reportado ingresos brutos del ejercicio gravable superiores a $59.377.000.
  • Valor total de compras y consumos superior a las $59.377.000.
  • Personas con acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras superiores a $59.377.000.

La Dian ha establecido estos topes para garantizar una correcta recaudación de impuestos y promover la transparencia financiera en el país.

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Documentos para que la Dian pueda determinar sus ingresos

Certificado de ingresos y retenciones por pagos laborales y rentas de trabajo en general.

  • Cálculo del promedio de salario recibido de los últimos seis (6) meses anteriores a la fecha del pago de las cesantías e intereses sobre las mismas.
  • Certificado de salario básico, siempre y cuando haya tenido la calidad de oficial o suboficial de las Fuerzas Militares o de la Policía Nacional o agente de la Policía Nacional.
  • Certificados de indemnizaciones sustitutivas de la pensión o devoluciones de saldos de ahorro pensional.
  • Certificados de Ingresos por concepto de honorarios, comisiones y servicios.
  • Certificados de los rendimientos financieros pagados durante el año, expedidos por las entidades correspondientes.
  • Certificado de pago de recompensas.
  • Certificado de dividendos y participaciones recibidos durante el año, expedidos por las sociedades de las cuales es socio o accionista.

Publicado por: Redacción Economía

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