El calendario tributario arranca el 12 de agosto.

Publicado por: Redacción Economía
A partir del 12 de agosto, los contribuyentes en Colombia deberán cumplir con la presentación de su declaración de renta ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
Y aunque se trata de una obligación anual, cada año surgen nuevas dudas, especialmente para quienes comparten su patrimonio, con una pareja.
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La Dian contempla dos formas en las que una pareja puede cumplir con su obligación tributaria, dependiendo de su situación.
- Declaración Individual: Cada miembro de la pareja reporta sus ingresos, egresos, patrimonio y deudas por separado.
- Declaración Conjunta: Ambos presentan una sola declaración como unidad familiar, con beneficios potenciales de optimización tributaria. Lea también: Declaración de renta 2025 en Colombia: fechas clave y quiénes deben presentarla
Sin embargo, en Colombia no existe una figura legal explícita para la “declaración conjunta” como sucede en otros países.
Esto genera confusión entre los contribuyentes y exige mayor claridad en la planificación tributaria.
Las sanciones por no declarar a tiempo pueden ser millonarias
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Incluso si el bien fue adquirido por ambos, la declaración deberá reflejar los porcentajes correspondientes según titularidad o acuerdo previo, lo cual puede cambiar significativamente el resultado fiscal. Lea también: SENA lanza cursos cortos y certificados gratis: así puede registrarse
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Además de las dudas sobre el procedimiento, es fundamental evitar omitir la declaración o presentarla fuera del plazo. Estas son las multas vigentes:
- Multa mínima por no declarar: $498.000 COP
- Sanción por extemporaneidad: 5 % mensual del impuesto a pagar, hasta un tope del 100 %.
- Omisión total de la declaración: Sanción del 20 % sobre los ingresos brutos.
Estos incumplimientos pueden derivar en procesos legales e incluso en embargos, por lo que se recomienda no dejar el trámite para última hora.
















