En cinco días vence el plazo máximo para que los empleadores le paguen la prima de servicios a sus empleados. Tenga en cuenta que esto incluye al servicio doméstico de su casa, como cuidadores de fincas, jardineros, piscineros, entre otro personal de oficios varios.
Este beneficio salarial incluye tanto a los trabajadores mensuales como por días. Se estima que 6 millones de ocupados reciban esta prestación social, según cálculos del Grupo de Información Laboral de la Subdirección de Análisis, Monitoreo y Prospectiva Laboral de MinTrabajo. Al menos 2,6% corresponde a servicios domésticos, algo cercano a 547.000 personas, basado en la Gran Encuesta Integrada de Hogares del Dane.
De acuerdo con el Ministerio de Trabajo, hasta el 30 de junio se debe liquidar esta prestación social y corresponde a 30 días de trabajo que puede efectuarse en dos pagos: en junio y diciembre.
Para el caso de los empleados diarios debe establecerse el número de días laborados al mes, así podrá determinar el tiempo trabajado en el semestre. Si está vinculado mensualmente, el monto al recibir es equivalente a 15 días de trabajo. Ningún trabajador debe recibir como remuneración menos del salario mínimo legal vigente.
El no pago de la prima de servicios puede traer como consecuencia la aplicación de multas que van de 1 a 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes.