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Jueves 13 de febrero de 2025 - 03:50 PM

Rechazan tutela de Epa Colombia para tener contacto permanente con su hija

El fallo de la Corte Suprema señala que antes de presentar la tutela, Epa Colombia debía haber recurrido al Inpec.

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Publicado por: Redacción Tendencias

La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia declaró improcedente una tutela presentada por la defensa de la empresaria e influencer Daneidy Barrera Rojas, conocida como ‘Epa Colombia’. La solicitud buscaba garantizarle contacto permanente con su hija de un año en un centro de reclusión adaptado para la crianza y la lactancia. Barrera cumple una condena de cinco años de prisión por la destrucción de una estación de TransMilenio durante el estallido social de 2019.

En la tutela, se argumentaba que era un derecho fundamental de la menor permanecer junto a su madre en un espacio carcelario con condiciones adecuadas para su desarrollo, de acuerdo con la normativa vigente sobre los derechos de los niños. Asimismo, se solicitaba que la cárcel El Buen Pastor, donde se encuentra recluida la influencer, adoptara medidas que facilitaran el contacto continuo entre ambas, garantizando el bienestar emocional y físico de la menor.

Sin embargo, la Corte Suprema determinó que Barrera no tenía derecho a prisión domiciliaria debido a los delitos que admitió en su proceso penal, incluyendo cargos relacionados con terrorismo, lo que le impide acceder a beneficios penales. Lea también: Yina Calderón debe más de $1.000 millones por una casa que presume en redes

El fallo, bajo la ponencia de la magistrada Hilda González, señaló que la empresaria no agotó previamente los mecanismos administrativos disponibles antes de acudir a la tutela. Según la Corte, antes de presentar esta acción, debía haber gestionado su solicitud ante entidades como el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), la cárcel y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).

Además, el fallo indicó que Barrera no se acogió al programa de desarrollo infantil en centros de reclusión, pese a que el ICBF le explicó los requisitos para acceder a este beneficio los días 3 y 6 de febrero de 2025. Por esta razón, según la Corte, no se evidencia una vulneración de derechos que justifique la acción de tutela.

Su pareja sentimental, Karol Samantha, asumió el cuidado de la menor desde que Barrera fue capturada. La niña cumplirá su primer año de vida en abril, un evento que, según se ha visto en redes sociales, la ‘influencer’ ha intentado mantener presente a pesar de su reclusión.

La decisión que el exabogado de Epa Colombia habría tomado sin su permiso

Después de que la influencer conocida como Epa Colombia tomara la decisión de cambiar de abogado, se han revelado nuevos detalles sobre su caso, el cual ahora está bajo la representación del jurista Francisco Bernate.

En este contexto, Blu Radio divulgó un documento relacionado con las últimas actuaciones de Ómar Ocampo, el abogado que hasta hace poco se encargaba de la defensa de Daneidy Barrera Rojas. Según el informe de la emisora, Ocampo habría presentado una acción legal sin contar con la autorización de la creadora de contenido. Se trata de una tutela interpuesta ante la Corte Suprema de Justicia con el objetivo de permitir que Barrera pudiera estar acompañada permanentemente por su hija mientras permanece en prisión. Lea también: ¿Sacaron trapitos al sol? La verdadera relación de Laura Acuña y Melina Ramírez en Yo me llamo

Ante esta situación, la empresaria decidió enviar una carta desde su reclusión en la cárcel El Buen Pastor, en la que dejó en claro que nunca dio su consentimiento para que Ocampo realizara dicho trámite en su nombre.

Publicado por: Redacción Tendencias

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