Las interceptaciones siempre deben cumplir las normas constitucionales. Es decir, debe existir una autorización judicial. Para hacerlo, los organismos de inteligencia deben demostrar los méritos necesarios para violar la privacidad de una persona o de un grupo.

Publicado por: Redacción Política
En medio del escándalo por las presuntas interceptaciones a magistrados, opositores y periodistas, la Presidencia de la República tomó las primeras determinaciones tras las fuertes acusaciones y anunció investigaciones.
El Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE) anunció la apertura de una investigación de control interno y a control interno disciplinario.
“El objetivo -se afirmó- es determinar circunstancias irregulares en los procesos y procedimientos que correspondan”.
Las investigaciones están dirigidas contra las oficinas de la Secretaría para las Comunicaciones y Prensa, y la Dirección de Tecnología de la Presidencia de la República.
La entidad informó que ya se estableció contacto formal con las autoridades competentes, para “ponerse a disposición en el marco de la investigación en curso”.
Petro niega “chuzadas”

Horas antes, y a través de su cuenta en X, el Presidente Gustavo Petro se refirió a la denuncia hecha por magistrados de la Corte Constitucional, según las cuales, de nuevo son víctimas de interceptaciones.
El Jefe de Estado señaló que al comienzo de su gobierno les dio la orden a los organismos de inteligencia de no usar las llamadas “chuzadas” contra la oposición, prensa o Cortes.
“He sido explícito en que la inteligencia del Estado se dedica a la persecusión del gran crimen”, dijo el Presidente.
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Señaló que se inspeccionó la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), y se evidenció que “no cuenta siquiera con aparatos de interceptación de servicios de telefonía privada”.
“Este gobierno no hace lo que sí hicieron otros en el pasado”, concluyó Petro.
La nueva polémica
La nueva polémica se revivió durante el fin de semana, luego de que la Corte Constitucional le pidiera a la Fiscalía General de la Nación investigar las denuncias de un magistrado, quien denunció que ha sido víctima de interceptaciones en su celular.
Los magistrados pusieron en conocimiento de esta situación a la fiscal general de la Nación, Luz Adriana Camargo, durante una reunión, el pasado 20 de junio de 2024.
En su denuncia, los magistrados señalan que, las presuntas chuzadas no serían solo en sus comunicaciones. Además estarían siguiendo sus operaciones financieras y sus bienes.
En respuesta, la Fiscalía General de la Nación anunció que ya abrió una investigación de estas presuntas ‘chuzadas’ a los magistrados de la Corte Constitucional.
Sabía usted que...
El problema en Colombia es que funcionarios corruptos venden la información obtenida en esas interceptaciones, para beneficio personal.
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La supuesta nueva víctima

El magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar denunció cómo él y su esposa son víctimas de una persecución por parte de organismos de inteligencia estatal.
En carta entregada a la Fiscalía, el magistrado Ibáñez Najar le cuenta al presidente de la Corte Constitucional, José Fernando Reyes: “Desde hace varios meses, mis comunicaciones, especialmente mi teléfono celular, han sido intervenidos y con base en información que he podido recaudar de varias fuentes, he llegado a la conclusión que (sic) lamentablemente ello obedece a operaciones de órganos de inteligencia oficial que se realizan sin autorización judicial y por fuera de los marcos jurídicos”.
Hay más temerosos
Otros cuatro magistrados de las altas cortes coinciden en el mismo temor y sospecha del magistrado Ibáñez, de que sus comunicaciones supuestamente están interceptadas, que los siguen y revisan sus movimientos financieros.
Señalaron que tienen indicios de que, en muchos casos, organismos de inteligencia del Gobierno Nacional han accedido a los documentos y computadores de sus oficinas, en los que reposa información sensible relacionada con todos los casos que manejan.
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En el caso de la JEP, varios magistrados afirman sentirse temerosos y creen que también son víctimas de interceptaciones.
Es un tema viejo...

En Colombia ha habido varios escándalos de “chuzadas”. Uno de ellos fue el que terminó en el llamado Proceso 8.000, en contra del entonces presidente Ernesto Samper.
¿Cuál fue la razón del escándalo?
Financiación ilegal del Cartel de Cali a su campaña presidencial.
¿Hay casos más recientes?
El caso Andrómeda, en el que detuvieron al “hacker” Andrés Sepúlveda, a quien se le acusó de espiar las comunicaciones de los negociadores de paz del Gobierno.
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Otro caso quedó documentado en el libro del periodista Julián Martínez, bajo el título “Chuzadas”.
¿En qué consistió?
Cuenta cómo se hicieron interceptaciones ilegales a políticos, periodistas y defensores de derechos humanos, desde el antiguo DAS, que luego liquidó el presidente Juan Manuel Santos.
Dato:
Todos los Estados en el mundo mantienen espías para saber qué están haciendo otros Estados y para identificar posibles amenazas. A nivel interno también se hace, por seguridad.
¿Qué son las interceptaciones telefónicas?

La interceptación se configura cuando un tercero escucha una conversación telefónica privada, pero también puede hacerse a comunicaciones por correo electrónico o a mensajes de texto enviados por dispositivos móviles o por computadores conectados a redes Wi-Fi.
La Sentencia C 594/14 de la Corte Constitucional explica que interceptar comunicaciones se pueden utilizar para conseguir los elementos necesarios para probar un delito.
“...A pesar de ser una intromisión en la intimidad de la persona, el Estado está legitimado para llevarla a cabo, cumpliendo los requisitos que exige la Ley”.
Pedro Piedrahíta, profesor de la Universidad de Medellín, explica que “existen poderes invisibles dentro del Estado, algunos autores lo consideran como un mal necesario. En ese sentido, el espionaje, o los organismos de inteligencia (que hacen las interceptaciones) son ese mal necesario dentro del Estado”.
¿Cuándo es legal interceptar comunicaciones?
Según la Ley 1621 de 2013 o Ley de inteligencia y contrainteligenicia, “la interceptación de conversaciones privadas telefónicas móviles o fijas, así como de las comunicaciones privadas de datos, deberán someterse a los requisitos establecidos en el Artículo 15 de la Constitución (derecho a la intimidad) y el Código de Procedimiento Penal y sólo podrán llevarse a cabo en el marco de procedimientos judiciales”.
¿Interceptar sin autorización es un delito?
Jean Carlo Mejía, experto en derecho operacional y profesor de las universidades Nacional y Católica de Colombia, explicó que una interceptación, sin la debida autorización, puede configurar varios delitos, dependiendo del caso. Los delitos pueden ir desde violación ilícita de comunicaciones hasta posibles conciertos para delinquir.
















