Política
Lunes 02 de febrero de 2026 - 03:13 PM

CNE no toma aún decisión sobre la candidatura de Iván Cepeda en la consulta interpartidista

La candidatura fue demandada por presuntamente ya haber participado en una consulta interpartidista.

Senador Iván Cepeda y candidato presidencial por el Pacto Histórico.
Senador Iván Cepeda y candidato presidencial por el Pacto Histórico.

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La incertidumbre política sigue en torno a la suerte de la consulta interpartidista del frente por la vida o de la izquierda, debido a que el Consejo Nacional Electoral, CNE, no pudo este lunes tomar una decisión sobre el candidato Iván Cepeda, podrá hacer parte de la misma.

Durante la mañana los nueve magistrados estuvieron debatiendo una ponencia que pedía dar el aval para que el aspirante del Pacto Histórico fuera a la consulta, pero en la votación 5 magistrados dijeron que no y 4 pidieron que sí se le habilitara ir a las urnas el 8 de marzo.

Los votos para que Cepeda quede fuera de la competencia de esa consulta lo dieron los magistrados Benjamín Ortiz, Álvaro Hernán Prada, Maritza Martínez, Alfonso Campo y Cristian Quiroz; sin embargo, de ese grupo se separó el magistrado Altus Baquero, quien acompañó a los magistrados Alvaro Echeverry, Fabiola Márquez y Alba Velásquez en avalar a Cepeda.

Ante el empate técnico, como se le denomina a esa situación, la sala procedió a hacer un sorteo para designar a unos conjueces, quienes tendrán entre hoy y el miércoles para presenten sus posturas para así dirimir esa situación.

En el sorteo realizado fueron designados dos conjueces, Alejandro Felipe Sánchez Cerón, quien fue presentado por el Centro Democrático y Manuel Antonio Avella, del Partido Liberal. El remanente, es decir el conjuez que podrá actual en algún caso de impedimento de Sánchez o Avella o que estén empatados, será Gustavo Martín Coral Berdugo, de Colombia Justa Libres.

Velásquez, Márquez y Echeverry, que fueron los encargados de llevar la ponencia a la sala de hoy, indicaron en primer lugar sobre el candidato del Pacto Histórico que “en el presente caso, algunos solicitantes sostienen en sus escritos que la participación del ciudadano Iván Cepeda Castro en la consulta ‘interpartidista’, convocada para el 8 de marzo de 2026, implicaría una doble erogación de recursos públicos, en la medida en que el Estado ya habría financiado la consulta presidencial celebrada el 26 de octubre de 2025, activándose nuevamente el régimen de financiación estatal y reposición de gastos por votos obtenidos”.

Pero aclararon que “dicho planteamiento parte de una premisa jurídicamente incorrecta al asumir que ambas consultas tienen la misma naturaleza y efectos, cuando la realidad normativa y fáctica demuestra lo contrario”.

Y defendieron la participación de Cepeda en la consulta al sostener que “del acervo probatorio se desprende que la consulta del 26 de octubre de 2025 tuvo carácter partidista, al haber sido realizada exclusivamente por el Partido Polo Democrático Alternativo con el propósito de elegir una precandidatura presidencial que participaría en un mecanismo posterior, según consta en los acuerdos de voluntades suscritos con la Registraduría Nacional del Estado Civil el 26 de septiembre y el 3 de octubre de 2025”.

El aval de Velásquez, Márquez y Echeverry, lo dan al asegurar en la ponencia que “la consulta del 8 de marzo de 2026 es de naturaleza interpartidista, convocada por el Movimiento Político Pacto Histórico, el Partido del Trabajo de Colombia, el Movimiento Alternativo Indígena y Social, el Movimiento de Autoridades Indígenas de Colombia y el Partido Político La Fuerza de la Paz, con el fin de escoger un candidato único en el marco de una coalición”.

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