La Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes suspendió al jefe de Estado por participar indebidamente en política.

Por sorpresa tomó la decisión de la presidenta de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, Gloria Arizabaleta, de suspender por un periodo de ocho días al presidente Gustavo Petro, quien participó indebidamente en política a favor del candidato del Pacto Histórico, Iván Cepeda Castro.
Si bien es cierto el documento firmado en solitario por Arizabaleta, establece que la suspensión iría hasta el 21 de junio, es decir, cuando el mismo día en que se darán las elecciones presidenciales en segunda vuelta, desde diferentes sectores han cuestionado la viabilidad de esta medida.
Uno de los primeros en cuestionar la decisión de la congresista, militante del Pacto Histórico y exesposa del exsenador Roy Barreras, fue el ministro del Interior, Armando Benedetti, quien explicó que esta facultad solo obedecería al Senado de la República y no a la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes.
“En derecho, no existe que la Comisión de Acusaciones pueda suspender al Presidente porque es una comisión de instrucción. Solo el Senado es quien puede hacerlo después de que la plenaria de la Cámara actúe como un ente acusador, penal o disciplinariamente. Luego la Comisión de Acusaciones no puede suspender al Presidente de la República, y menos la voluntad de una sola representante”.
La senadora de la Alianza Verde, Angélica Lozano, también se fue lanza en ristre contra la decisión de la representante Gloria Arizabaleta.
“Solo el Senado puede suspender o destituir al presidente de la República. Absurda resolución firmada por la presidenta de la Comisión de Acusaciones. Tendría que ser votada por la comisión, pasar a plenaria de la Cámara de Representantes, luego a comisión de instrucción de cinco senadores abogados y su proyecto de decisión se somete a votación de plenaria del Senado”, cuestionó la senadora saliente, Angélica Lozano.













