Autoridades intensifican vigilancia en los 87 municipios. Conozca las conductas que pueden costarle prisión y fuertes sanciones.

Publicado por: Danilo Cárdenas
Tenga en cuenta que el Código Penal Colombiano tipifica los delitos electorales y las sanciones establecidas cuando un ciudadano o servidor público comete alguna de estas conductas. Con la llegada de la jornada legislativa del 8 de marzo, las autoridades electorales han intensificado los controles para garantizar unas elecciones transparentes en los 87 municipios de Santander.
La Procuraduría General de la Nación, a través de la Unidad de Vigilancia Electoral (UVEL) y el Consejo Nacional Electoral (CNE) son las entidades encargadas de monitorear el desarrollo de las campañas y de investigar y sancionar a quienes cometan irregularidades. A continuación, los principales delitos electorales que debe conocer.

Los 12 delitos electorales que debe conocer
1. Perturbación del certamen democrático: Perturbar el orden público, participar en asonadas, robar tarjetones o urnas, portar armas y quebrantar la ley seca puede llevar hasta 12 años de cárcel. Este es uno de los delitos más graves del ordenamiento electoral colombiano.
2. Constreñimiento o fraude al sufragante: Obligar o amenazar a alguien para que vote por un candidato puede tener hasta 9 años de cárcel. Si alguien lo presiona para votar de determinada manera, puede denunciarlo ante la Fiscalía General de la Nación.
3. Corrupción al sufragante: Está prohibido otorgar contratos estatales para que un ciudadano vote por un candidato. Tiene de 4 a 8 años de prisión o una multa entre 200 a 1.000 salarios mínimos. Esta conducta aplica también para funcionarios públicos que condicionen beneficios sociales al voto.
4. Voto fraudulento: No se puede suplantar a otro ciudadano o votar más de una vez en unas mismas elecciones. Quienes intenten hacerlo se exponen a penas de prisión y a la pérdida de sus derechos políticos.
5. Alteración de resultados electorales: No se puede alterar el resultado de una elección. Cualquier intento de modificar actas, formularios de escrutinio o sistemas de información electoral puede implicar duras penas en prisión.
6. Retención y posesión ilícita de cédula: No se puede desaparecer o retener la cédula de un ciudadano para evitar que ejerza su derecho al voto. Esta práctica busca impedir la participación de electores y está sancionada penalmente.
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7. Fraude a inscripción de cédulas (trashumancia): El trasteo de votos o la inscripción atípica de cédulas en municipios distintos al lugar de residencia de los ciudadanos es una acción fraudulenta. Recuerde que solo puede votar donde vive, no donde nació. Santander ha sido identificado históricamente como uno de los departamentos con mayor riesgo de trashumancia.
8. Tráfico de votos: No está permitida la compra de votos ni con plata, comida u objetos. Nadie puede ofrecerle dinero, cemento, tejas ni ningún otro bien para influenciar su voto, incluso si es para votar en blanco o abstenerse. Puede denunciar estos casos a la Fiscalía y al Ministerio del Interior.
9. Financiación ilícita de campañas: Se prohíben los aportes a las campañas que vengan de fuentes ilícitas como el narcotráfico o el lavado de activos. Las campañas que reciban este tipo de recursos serán investigadas y los responsables enfrentarán sanciones penales y administrativas.
10. Violación de los topes de campaña: Las campañas electorales tienen topes máximos en sus gastos, fijados por el Consejo Nacional Electoral mediante resolución. Superar estos montos es una violación grave a las normas electorales y puede acarrear la pérdida de la investidura o el cargo.
11. Omisión de los aportes: Los candidatos están obligados a reportar sus aportes en el portal Cuentas Claras. No hacerlo implica penas en prisión de 4 a 8 años y multas de hasta 1.200 salarios mínimos. La transparencia en el financiamiento es una condición esencial para la legitimidad de cualquier campaña.
12. Elección ilícita de candidatos: Ningún candidato puede ser elegido si está inhabilitado por decisión judicial o por la Procuraduría. Los ciudadanos pueden consultar el estado de inhabilidad de los candidatos en la página web de estas entidades antes de la jornada electoral.















