Conozca cómo se cuentan los votos en Colombia: desde la destrucción de sobrantes hasta el diligenciamiento del formulario E-14 por los jurados de votación.
Publicado por: Karol Guarín
Ya terminó la jornada de votaciones legislativas de Colombia de este domingo 8 de marzo. Pasadas las 4:00 p.m se cierran las urnas y comienza el escrutinio de votos para conocer a los próximos senadores, representantes a la cámara y los candidatos ganadores de las tres consultas partidistas.
El cierre de urnas y la destrucción de material sobrante
Este proceso está reglamentado por la Ley 163 de 1994. El escrutinio en cada mesa se lleva a cabo por parte de los jurados de votación designados, de forma aleatoria, por la Registraduría Nacional del Estado Civil en presencia de testigos electorales, observadores y autoridades para garantizar transparencia en los resultados. Cerradas las urnas, revisan las tarjetas electorales e identifican el material sobrante o inservible, lo destruyen y depositan en el sobre negro.
Luego se totaliza el número de votantes registrados en el formulario E-11 y se menciona en voz alta ante testigos y asistentes, para después firmar el acta. Ahora, oficialmente se rompe la cinta que protege la urna con los votos depositados para contarlos y compararlos con el número total de sufragantes. Además: Beneficios del certificado electoral en Colombia: ¿Qué recibe por votar?
Si el número de personas que votaron es mayor a los tarjetones diligenciados, se deja constancia en el acta. Por el contrario, si hay más votos que sufragantes, los jurados deben volver a contar; si persiste la diferencia, se escogen al azar los votos excedentes y, sin abrirlos, se destruyen. También se deja testimonio en el acta.
Nivelación de mesa: resultados por candidatura o lista
Después de haber nivelado la mesa, los jurados deben clasificar los votos así: marcados, en blanco, nulos y no marcados para comenzar el conteo oficial que se registrará en el Acta de Escrutinio de los Jurados de Votación (formulario E-14), en el que también se diligencia el número de sufragantes, votos depositados, incinerados y resultados por candidatura o lista.
Finalizado este procedimiento se lee en voz alta los resultados, los representantes autorizados de la Registraduría Nacional del Estado Civil escanea y publica en la página web. De igual forma, los testigos electorales reportan en foto o video el E-14 como mecanismo de control establecido en la Ley 1475 de 2011, art. 41, y verificación de los resultados establecidos en el acta. Lea: ¿Se puede votar con cédula digital el 8 de marzo? Esto debes saber
La Misión de Observación Electoral (MOE) menciona en el documento oficial que “es fundamental que la ciudadanía, las organizaciones políticas y las personas candidatas conozcan y participen activamente en este proceso, en particular a través de la vigilancia electoral y del uso de los mecanismos de reclamación o denuncia cuando se presenten irregularidades (...) para garantizar la legalidad, la transparencia y la integridad del proceso electoral”.











