La Inspección de Tránsito y Transporte de Barrancabermeja ofrece descuentos de hasta el 95 % sobre el valor del parqueadero para carros y motocicletas inmovilizados. Conozca los rangos, requisitos y qué puede ocurrir si el vehículo no es reclamado.

Publicado por: Lesly Adriana Cifuentes
Los patios vinculados al servicio de inmovilización de la Inspección de Tránsito y Transporte de Barrancabermeja (ITTB) mantienen un alto nivel de ocupación. De acuerdo con el balance entregado por la entidad para esta nota, cerca de 4.000 vehículos permanecen allí por infracciones de tránsito y otras causas previstas en la ley. Algunos llevan meses e incluso años sin ser reclamados, situación que reduce el espacio disponible para atender nuevas inmovilizaciones.
Ante esta situación, la ITTB puso en marcha durante 2026 un esquema de descuentos sobre los valores generados por el servicio de parqueadero. El beneficio estará vigente hasta el 30 de diciembre de 2026 y está dirigido a los propietarios o poseedores interesados en adelantar los trámites necesarios para retirar sus vehículos.
El 90% de los vehículos inmovilizados en los patios de la Inspección de Tránsito y Transporte de Barrancabermeja corresponde a motocicletas, muchas de ellas retenidas desde 2018.
El descuento se aplica al valor del parqueadero y no elimina automáticamente las multas, el servicio de grúa ni las demás obligaciones que puedan estar pendientes. Además, para autorizar la salida del vehículo, el interesado deberá subsanar la causa que originó la inmovilización y cumplir los requisitos legales y administrativos correspondientes.

César Augusto Guzmán Areiza, director de la Inspección de Tránsito y Transporte de Barrancabermeja, invitó a las personas que tienen vehículos inmovilizados desde hace varios meses o años a consultar su situación y aprovechar los alivios económicos disponibles para el servicio de parqueadero.
Según explicó el funcionario, uno de los factores que ha prolongado la permanencia de los vehículos en los patios es el aumento progresivo de los costos de parqueadero. En algunos casos, los propietarios han desistido de reclamarlos porque el valor acumulado resulta elevado frente al precio comercial o al estado del vehículo.
La ITTB también informó que la mayoría de los vehículos inmovilizados son motocicletas y que algunas de las unidades más antiguas permanecen en los patios desde 2018. Guzmán estimó que cerca del 90 % de los vehículos allí depositados corresponde a motocicletas, mientras que los automóviles suelen ser retirados en un menor tiempo por sus propietarios.
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¿Cuál es el plan de descuentos?
El porcentaje de descuento depende del número de días que el vehículo lleve inmovilizado. Quienes registren una permanencia de entre 90 y 180 días podrán acceder a un descuento del 40 % sobre el valor del parqueadero.
Para los vehículos que lleven entre 181 y 270 días, el descuento será del 50 %. Los que acumulen entre 271 y 360 días podrán recibir un alivio del 70 %, mientras que aquellos con más de 360 días de permanencia podrán obtener un descuento de hasta el 95 %, de acuerdo con las condiciones aplicables a cada caso.

¿Cómo acceder al beneficio?
Los interesados deberán solicitar presencialmente la liquidación en la sede de la Inspección de Tránsito y Transporte de Barrancabermeja, ubicada en la carrera 2 n.º 50-25. Allí podrán consultar el estado del vehículo, el tiempo de permanencia en los patios, el valor adeudado por parqueadero y el porcentaje de descuento que les corresponde.
Antes de efectuar el retiro, el propietario, poseedor o persona autorizada deberá atender la actuación correspondiente ante la autoridad de tránsito, subsanar la causa de la inmovilización, obtener la autorización de salida y presentar los documentos exigidos. Una vez cumplidos estos requisitos, podrá solicitar la liquidación, efectuar el pago por los canales habilitados y completar el proceso de facturación y entrega del vehículo.
La ITTB recordó que el beneficio estará disponible únicamente hasta el 30 de diciembre de 2026. La entidad espera que la estrategia facilite la recuperación de los vehículos, reduzca su permanencia prolongada en los patios y permita liberar espacio para atender futuras inmovilizaciones.

¿Qué pasa si no retira su vehículo?
El artículo 128 del Código Nacional de Tránsito, modificado por la Ley 1730 de 2014, establece que, transcurrido por lo menos un año desde la inmovilización, la autoridad de tránsito deberá iniciar el procedimiento previsto en la norma cuando el propietario o poseedor no haya retirado el vehículo, no haya subsanado la causa que dio origen a la medida y no se encuentre a paz y salvo por los servicios de parqueadero o grúa.
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Como primer paso, la autoridad deberá publicar por una vez el listado de los vehículos que lleven al menos un año inmovilizados y no hayan sido reclamados. A partir de esa publicación, el propietario o poseedor tendrá 15 días hábiles para presentarse, subsanar la causa de la inmovilización y cancelar los valores pendientes.
Si vence ese plazo sin que la persona interesada cumpla las obligaciones, el organismo de tránsito podrá declarar administrativamente el abandono del vehículo. Esta decisión deberá adoptarse mediante un acto administrativo debidamente motivado y notificado, con respeto por el debido proceso y el derecho de defensa.
Una vez quede ejecutoriado el acto administrativo que declare el abandono, la autoridad podrá enajenar el vehículo, por unidad o por lotes, mediante alguno de los procedimientos autorizados por el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y previa tasación de su valor. Los recursos obtenidos deberán consignarse en una cuenta especial, de la cual se realizarán las deducciones correspondientes.
Cuando el vehículo presente un alto grado de deterioro o sea inservible como consecuencia del agua, el sol u otros factores, podrá ser enajenado como chatarra. Para ello se requerirá previamente el dictamen de un perito adscrito al organismo de tránsito. Este procedimiento no se aplica a los vehículos inmovilizados por orden judicial, los cuales se rigen por las disposiciones correspondientes.












