Guanentá
Miércoles 22 de abril de 2026 - 03:14 PM

Inspector de Policía de San Gil le gana demanda a la administración municipal

El órgano judicial revocó la decisión en primera instancia del Juzgado Segundo Administrativo de San Gil que había declarado improcedente la demanda de acción de cumplimiento que interpuso Javier Arias Álvarez, inspector en propiedad del municipio.

Desde la Inspección de Policía de San Gil han denunciado falta de presupuesto, personal y equipos.
Desde la Inspección de Policía de San Gil han denunciado falta de presupuesto, personal y equipos.

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Publicado por: Jorge Rios

El Tribunal Administrativo de Santander le ordenó a la Alcaldía de San Gil dar cumplimiento al parágrafo 3 del artículo 206 y al punto 8 de la Ley 2492 de 2025, relacionados con el ajuste del nivel y el grado de los inspectores de Policía de San Gil.

El órgano judicial revocó de esta manera la decisión en primera instancia del Juzgado Segundo Administrativo de San Gil que había declarado improcedente la demanda de acción de cumplimiento que interpuso Javier Arias Álvarez, inspector en propiedad del municipio.

La sentencia se dio el pasado 8 de abril, pero se conoció esta semana en medio de las diferencias públicas entre el accionante y la administración municipal, quien ha denunciado la falta de equipos, personal y disposición de apoyo de la Alcaldía para que la Inspección de Policía pueda cumplir debidamente con las funciones.

Para Arias se trata de una decisión justa porque se trata de dignificar un trabajo que tiene una gran responsabilidad y carga laboral. Explicó que no se entiende aún por qué la administración sangileña se negaba a cumplir con argumentos “obtusos como el de la Ley Garantías”.

“La anterior circunstancia debe ser cumplida a través de un cambio a la estructura organizacional de la entidad municipal, un ajuste a su manual de funciones y además incorporar un proyecto para fortalecer las capacidades de las inspecciones de convivencia y paz dentro de las líneas y estrategias que se formulen en los Planes Integrales de Seguridad y Convivencia Ciudadana –PISCC- para su aprobación por los integrantes del Comité Territorial de Orden Público -CTOP-”, señala la sentencia.

Al respecto, el inspector señaló que, aunque la ley no obliga al fortalecimiento de las capacidades de la entidad, si los impulsa a adelantar estos procesos de mejora, por lo que se espera que en el mediano plazo reciban los equipos necesarios para los procesos que se adelantan.

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Publicado por: Jorge Rios

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