Vélez
Martes 30 de junio de 2026 - 01:51 PM

Procuraduría sancionó a siete exconcejales de Barbosa

La decisión, emitida en primera instancia por la Procuraduría Provincial de Juzgamiento de Bucaramanga, estableció sanciones de suspensión que van entre seis y doce meses para los antiguos integrantes de la corporación

Barbosa, Santander.
Barbosa, Santander.

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Publicado por: Jorge Rios

La Procuraduría General de la Nación sancionó a siete exconcejales de Barbosa, Santander, por irregularidades relacionadas con la elección de la primera vicepresidencia del Concejo Municipal para la vigencia 2022, cargo que debía garantizar la participación de una organización política declarada en oposición al alcalde de turno.

La decisión, informada por el Ministerio Público el 27 de junio de 2026 y emitida en primera instancia por la Procuraduría Provincial de Juzgamiento de Bucaramanga, estableció sanciones de suspensión de entre seis y doce meses para los exintegrantes de la corporación. Como actualmente no ejercen cargos públicos, las sanciones serán convertidas en multas económicas equivalentes a los salarios que devengaban al momento de los hechos.

Entre los sancionados figuran Marisol Rocha Ariza, Mauricio Álvarez Rivera, Edinson Gilberto Castillo Rojas y Fabián Leonardo Alvarado Pineda, quienes recibieron una suspensión de nueve meses. Por su parte, Edwin Leandro Camacho Leguizamón y Yenny Rocío Agudelo Delgado fueron sancionados con doce meses de suspensión, mientras que Orlando Vargas Forero recibió una sanción de seis meses.

La elección que originó la investigación

La investigación disciplinaria se originó por lo ocurrido en la sesión del 16 de noviembre de 2022, cuando los entonces concejales votaron a favor de Yenny Rocío Agudelo Delgado para ocupar la primera vicepresidencia de la mesa directiva.

Según la Procuraduría, esta elección desconoció las normas que garantizan la participación de los sectores de oposición en las mesas directivas de los concejos municipales, pues el cargo debía ser ocupado por un representante de una colectividad declarada en oposición.

El Ministerio Público calificó la conducta como una falta grave cometida a título de dolo, al considerar que los funcionarios tenían la obligación de conocer las disposiciones legales, el Estatuto de la Oposición y el reglamento interno de la corporación.

La decisión corresponde a un fallo de primera instancia, por lo que contra ella proceden los recursos establecidos dentro del proceso disciplinario.

Publicado por: Jorge Rios

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