La Defensoría del Espacio Público de Bucaramanga expidió una nueva resolución, por medio de la cual se precisó en qué espacios quedó prohibido realizar grafitis.

Multas de hasta $1′700.000 fueron establecidas por el Gobierno de Bucaramanga contra aquellas personas que fijen o realicen grafitis en espacios públicos, en componentes que forman parte del mobiliario de la ciudad, entre otros entornos y parte de la infraestructura, incluso en inmuebles de privados.
Lea también: Polémica en Bucaramanga por mural ‘Las cuchas tienen razón’: Defensoría del Pueblo cuestionó a la Alcaldía
El Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público de la Alcaldía de Bucaramanga, Dadep, expidió la Resolución 001 de 2025, por medio de la cual se reglamentó el uso de espacios públicos para el desarrollo de arte urbano gráfico.
Le sugerimos: ¿Va a ‘Cuadra Play’? Conozca la nueva restricción para carros y motos los fines de semana
Por medio de dicho acto administrativo el Municipio citó leyes y sentencias constitucionales que amparan el derecho a la libertad de pensamiento y expresión, e igualmente consignó pronunciamientos judiciales sobre el deber del Estado en materia de protección del espacio público.

“La administración municipal ve la necesidad de regular los lugares en donde se puede realizar arte urbano gráfico, propendiendo en el marco de estrategias pedagógicas y de fomento, expresiones artísticas, libertad de expresión y exhibición temporal previa autorización de uso del espacio público”, indica el Municipio en dicha resolución.
Durante los últimos meses comunidades como Cabecera y Sotomayor alertaron crecientes problemas por actos de vandalismo en fachadas de viviendas y frentes de establecimientos comerciales.

Por medio de esta nueva reglamentación, la Alcaldía de Bucaramanga dejó en claro que no se pueden hacer grafitis en los siguientes espacios:
Publicidad
- Áreas integrantes de los perfiles viales, peatonal y vehicular: zonas de control ambiental, mobiliario, señalización, ductos, túneles, puentes, escalinatas, bulevares, alamedas, rampas, andenes, muros de carga, materas, sardineles, cunetas, ciclorrutas, bahías de estacionamiento, bermas, reductores de velocidad y calzadas.
- Áreas de encuentro: parques, plazas, plazoletas, zonas de cesión, escenarios deportivos y culturales.
- Áreas para la conservación de obras de interés público: elementos urbanísticos, arquitectónicos, históricos, culturales, recreativos, artísticos, esculturas, monumentos nacionales, pantallas ancladas y fuentes ornamentales.
- Elementos arquitectónicos espaciales y naturales de propiedad privada: cubiertas, fachadas, paramentos, pórticos, antejardines y cerramientos.
- Elementos de comunicación: mapas del municipio, planos de inmuebles históricos, carteles locales, entre otros.
- Mobiliario y elementos de espacio público: bolardos, paraderos, semáforos, luminarias, bancas, gimnasios, juegos infantiles, casetas de ventas, estacionamientos para bicicletas, cestos de basura y reciclaje, baños públicos.
José Guillermo Carlos, director del Dadep, advirtió que los infractores de esta nueva normativa deberán enfrentar multas “de hasta $1′7.00.000. Se prohíbe cualquier tipo de arte urbano gráfico sin la autorización por parte del Dadep”.
El funcionario explicó que “aquella persona, colectivo u organización que desee realizar este tipo arte urbano deberá dirigirse al Instituto Municipal de Cultura y Turismo (Imct), el cual coordinará con el Dadep para hacer la respectiva autorización”.














