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area metropolitana/bucaramanga
Jueves 12 de agosto de 2021 - 12:00 PM

Operador de Metrolínea le suspendió contrato a sus trabajadores

Los afectados, que estarán cuatros meses sin vinculación laboral, exigen mesa de diálogo con el Ministerio de Trabajo.

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En las empresas del transporte público convencional también se presenta atrasos en el pago de los salarios. (Foto: Archivo  / VANGUARDIA)
En las empresas del transporte público convencional también se presenta atrasos en el pago de los salarios. (Foto: Archivo / VANGUARDIA)

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En las empresas del transporte público convencional también se presenta atrasos en el pago de los salarios. (Foto: Archivo / VANGUARDIA)

Movilizamos S.A. lleva un mes y medio sin poder garantizar la prestación del servicio del transporte masivo en Piedecuesta y Floridablanca.  (Foto: Archivo / VANGUARDIA)
Movilizamos S.A. lleva un mes y medio sin poder garantizar la prestación del servicio del transporte masivo en Piedecuesta y Floridablanca. (Foto: Archivo / VANGUARDIA)

Movilizamos S.A. lleva un mes y medio sin poder garantizar la prestación del servicio del transporte masivo en Piedecuesta y Floridablanca. (Foto: Archivo / VANGUARDIA)

Movilizamos S.A., uno de los operadores de transporte de Metrolínea, ordenó la suspensión de los contratos de trabajo por fuerza mayor o caso fortuito.

Las negativas de las compañías aseguradoras de no expedir la garantía única de cumplimiento, la cual es requisito obligatorio para dar continuidad al contrato de concesión dos con Metrolínea, se ha configurado como una fuerza mayor o caso fortuito para suspender los contratos laborales por 120 días.

La empresa alega que ese contrato de concesión, que garantizaba la operación de al menos 10 rutas del Sistema Integrado de Transporte Masivo, es la única fuente de ingresos que se tiene y al no estar en vigencia desde el pasado 28 de junio, hay una grave afectación económica, financiera y operacional.

Según carta firmada el 11 de agosto por el gerente Nelson Arenas Neira, la decisión se hace efectiva desde el 12 de agosto de 2021, “en caso de reanudarse actividades será convocado (el trabajador) a más tardar el 10 de diciembre de 2021”.

Y en comunicado oficial emitido en la últimas horas, Arenas Neira aclaró que “como empresa, agotamos todas y cada una de las opciones posibles para reanudar la operación. Sin embargo, después de más 40 días sin trabajar, y sin generar ingresos, no es posible continuar con la normal ejecución de los contratos laborales”.

Juan Carlos Estrada Leiva, secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores de Rama, Servicios de la Industria del Transporte y Logística de Colombia - Sntt, manifestó que son 180 trabajadores los afectados con esta situación.

“Estas personas van a estar cuatro meses sin recibir salarios, además les están debiendo cinco quincenas, primas, cesantías, intereses de cesantías. Lo más preocupante es que en esa carta que recibieron los trabajadores no hace referencia al pago de la seguridad social y hay algunos que están en tratamientos médicos, con incapacidades”, indicó Estrada Leiva.

El dirigente sindical dijo que se le está pidiendo a las autoridades, en este caso el Ministerio del Trabajo, que convoque a una mesa de diálogo, donde estén los diferentes actores, de manera que se pueda evaluar la situación y se revise si la decisión tomada por Movilizamos S.A., de suspender los contratos de trabajos por 120 días, alegando un caso fortuito, es legal o no.

Vanguardia pudo conocer que tras una solicitud de autorización al empleador para la suspensión temporal de actividades por 120 días, presentada por la operadora de transporte masivo Movilizamos S.A. al MinTrabajo, el 4 de agosto de 2021, la Dirección Territorial de Santander del Ministerio le respondió que esa cartera no autoriza la suspensión de los contratos por la existencia de una fuerza mayor, sino que realiza un procedimiento de “comprobación de las circunstancias de fuerza mayor”.

Lo anterior teniendo en cuenta que al Ministerio del Trabajo no le corresponde “definir la existencia o no de la fuerza mayor, pues ello lleva consigo la valoración particular de las condiciones de la empresa, el desarrollo de su objeto social y el impacto del COVID-19, valoraciones que son de la órbita exclusiva de los jueces, en consonancia con lo señalado en el artículo 486 del Código Sustantivo del Trabajo”.

El problema es de varios

Cabe destacar que la crisis del transporte público en el área metropolitana tienen ‘en jaque’ a todo el sector. Al menos cuatro empresas del transporte convencional están en mora con el pago de salarios a sus trabajadores, una de esas es Unitransa que les adeuda siete quincenas.

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Publicado por Ingrid Paola Albis Pérez

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