Publicidad

Bucaramanga
Jueves 28 de febrero de 2019 - 12:00 PM

Se suspende la resolución del polémico reavalúo catastral en Bucaramanga: se reliquidará el impuesto predial

En Bucaramanga los ciudadanos tienen derecho a exigir una reliquidación de su Impuesto Predial y no pagar más allá del aumento del 3%, ordenado en el Decreto Nacional.

Compartir
Imprimir
Comentarios
Los ciudadanos han liderado múltiples protestas en contra de los abusivos cobros del Impuesto Predial en Bucaramanga.
Los ciudadanos han liderado múltiples protestas en contra de los abusivos cobros del Impuesto Predial en Bucaramanga.

Compartir

Los ciudadanos han liderado múltiples protestas en contra de los abusivos cobros del Impuesto Predial en Bucaramanga.

Las protestas, los ‘plantones’ y las ‘lluvias de quejas y demandas’ por parte de la comunidad, en contra de las desmesuradas alzas del Impuesto Predial, surtieron efecto. Los contribuyentes ya pueden respirar tranquilos, pues el Tribunal Administrativo de Santander acaba de ordenar la suspensión provisional de la polémica resolución que permitió el estudio catastral que, a la postre, fue el que disparó de manera desmesurada los cobros de este gravamen.

Esto quiere decir que, al menos por ahora y para la presente vigencia, el Municipio no podrá cobrarles las exageradas cuentas del Impuesto Predial a los 107 mil dueños de predios afectados con esta problemática.

Con esta histórica decisión, la Alcaldía de Bucaramanga deberá reliquidar el pago del Impuesto Predial de las personas afectadas con el estudio catastral. Para ello, el gobierno del alcalde Rodolfo Hernández Suárez tendrá que aplicar el aumento de 3%, ordenado en el Decreto Nacional, dando los mismos beneficios o incentivos otorgados a las zonas no actualizadas por el pronto pago, o en su defecto deberá realizar la devolución de los dineros pagados en exceso por los titulares de predios afectados.

Si usted, como ciudadano ya pagó la contribución, tendrá la oportunidad de que el Municipio le compense lo pagado durante la vigencia del próximo año.

El por qué de esta trascendental decisión

El Alto Tribunal tomó la decisión a raíz de una acción de nulidad que formuló hace varias semanas el concejal de Bucaramanga, Pedro Nilson Amaya Martínez. La figura legal, que incluso tiene otra demanda de ese corporado ante el Consejo de Estado para un futuro fallo, es en contra de la Resolución No. 68-000-052-2018, del 19 de diciembre de 2018.

Tal resolución fue la que ordenó la renovación de la inscripción en el catastro de los predios actualizados de los sectores 2, 4 y 5 de la zona urbana de Bucaramanga, que cobija a los 107 mil dueños de predios de Bucaramanga.

Entre los argumentos de esta acción judicial, expresados por Amaya Martínez y que atendió el Tribunal Administrativo de Santander, es claro que en el reavalúo catastral de Bucaramanga aplicado en esta ciudad “violó de manera tajante los principios de equidad, justicia y progresividad de los tributos en Bucaramanga”. Para la acción de nulidad, el cabildante se apoyó en los artículos 95, numeral 9; el 313 y el 13 de la Constitución Política.

Como se recordará el estudio, que dejó como resultado la controvertida actualización catastral, obedeció a un contrato administrativo suscrito entre el Municipio de Bucaramanga, el Área Metropolitana y la Universidad Distrital Francisco José de Caldas. Esa es la radiografía que se encuentra en el ‘ojo del huracán’ porque ‘subió hasta las nubes’ los cobros entre el 70% y el 300% . Como si fuera poco, tal estudio no solo costó la exorbitante suma de $7.100 millones, sino que además se le aprobaron polémicas adiciones: dos de tiempo y una de dinero. Hace cinco años, cuando se hizo el reavalúo catastral de esa época, no se pagaron más de $320 millones.

El objetivo era realizar la actualización catastral de tres sectores del municipio: 2, 4 y 5. Estas áreas fueron seleccionadas por el Gobierno Local: “En esto se puede evidenciar la falta de planeación y análisis de la ciudad, evidenciándose que realizaron tres adicionales, de las cuales dos fueron en tiempo y la tercera en valor; esta última por una suma cercana a los $200 millones”, dijo Amaya Martínez.

“Con la acción de nulidad que acaba de fallar el Tribunal Administrativo de Santander e incluso con la que cursa en el Consejo de Estado aspiro a tumbar de manera definitiva el reavalúo catastral de raíz y no de forma parcial. La acción de nulidad es muy similar a la que ganamos cuando logramos tumbar el Pico y Placa Zonal que había impuesto la Alcaldía, con el visto bueno de la Dirección de Tránsito”, precisó el corporado.

Así las cosas, la gente deberá esperar que el Gobierno Local expida los nuevos recibos de cobro del Predial para ponerse a paz y salvo con la contribución de la presente vigencia.

Si un ciudadano ya había pagado el tributo, con los exorbitantes incrementos autorizados en el Impuesto Predial, la Alcaldía deberá compensarle lo pagado de más en el cobro del gravamen del próximo año.

Antecedentes

Para la vigencia 2019 del pago del Impuesto Predial en Bucaramanga los sectores 2, 4 y 5 de la ciudad vivieron aumentos en el pago del tributo de porcentajes entre el 30% y 300%, todo como resultado de un equivocado estudio por parte de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, que trajo como resultado los aumentos referidos con anterioridad.

Si bien se podrían atacar los estudios mencionados mediante solicitud de revisión ante el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, IGAC, este proceso resultaba más tortuoso para la ciudadanía ya que el trámite debía iniciarse por cada predio afectado, es decir cerca de 107.000 requerimientos debía tramitar el IGAC por la inconformidad de los propietarios de casas, apartamentos y lotes de Bucaramanga.

Tampoco se buscó un trato igualitario en el sentido que la actualización abarcara toda Bucaramanga ya que se tendrían los mismos resultados que la actualización de las zonas 2, 4 y 5, extendiendo así el problema de los elevados incrementos del predial a las demás zonas de la ciudad.

Según el concejal Pedro Nilson Amaya Martínez, “con mi equipo de trabajo hicimos un análisis no técnico sino jurídico, lo que me llevó a instaurar dos acciones judiciales, una de nulidad simple ante el Tribunal Administrativo de Santander y otra de nulidad por inconstitucionalidad ante el Consejo de Estado, ambas en contra de la Resolución 68-000-052-2018 del 19 de diciembre de 2018 expedida por el Director Territorial Santander del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, que ordenó la actualización de la formación catastral de los predios de los sectores 2, 4 y 5 de la zona urbana de Bucaramanga”.

Las demandas, tanto la que acaba de fallar el Tribunal como la interpuesta en el Consejo de Estado, van encaminadas a que se apliquen los principios constitucionales de equidad e igualdad tributaria, ya que como resultado de la actualización catastral de forma parcial (sectores 2, 4 y 5 de Bucaramanga) se da un desbalance en las cargas públicas que todos los ciudadanos deben soportar frente al funcionamiento del estado.

“Es decir, mientras que una persona paga $1´000.000 este año por Impuesto Predial, otra con un predio en igualdad de condiciones geográficas y económicas podría llegar a pagar hasta $3’000.000 sin existir una justificación razonable para esa disparidad en materia tributaria”, agregó.

Aunado a lo anterior, la Resolución demandada es contraria a la ley y las normas de mayor jerarquía expedida por el mismo IGAC, considerando que no se cumplen los objetivos del catastro al realizar una actualización de manera parcial ya que la es la misma Resolución 70 de 2011, expedida por el IGAC.

Dicha resolución, según Amaya Martínez, es la que indica que la actualización se realiza frente a la formación del catastro y el catastro está conformado por la totalidad de predios que integran la unidad orgánica catastral (Bucaramanga), siendo así que la actualización opera frente a la totalidad de la formación catastral y no en forma parcial como lo dispuso la Administración central y el IGAC”.

“No siendo esta medida razonable, al efectuar una actualización parcial en solo tres sectores del municipio (sector 2, 4 y 5), que genera un desequilibrio en las cargas públicas al momento de liquidar el Impuesto Predial, vulnerando los principios de equidad, igualdad y justicia tributaria”.

“Es así como el Tribunal Administrativo de Santander me da la razón y ordena la suspensión provisional del acto demandado Resolución 68-000-052-2018 del 19 de diciembre de 2018, expedida por el IGAC. Y es que el Alto Tribunal detectó que efectivamente existe violación a los principios de igualdad y equidad tributaria, ya que una parte de la ciudad sufriría aumentos del avalúo catastral y por ende del Impuesto Predial, en porcentajes mayores a los que tendrían las zonas no actualizadas que tendrían un aumento del 3% según lo ordenó el Decreto 2456 de 2018”, puntualizó el cabildante.

Elija a Vanguardia como su fuente de información preferida en Google Noticias aquí y únase a nuestro canal de Whastapp acá.

Publicado por Euclides Kilô Ardila

Publicidad

Publicidad

Tendencias

Publicidad

Publicidad

Noticias del día

Publicidad