La Ley Ángel endurece las penas por maltrato animal en Colombia. Conozca todos las penas de cárcel y multas millonarios para quienes incurran en este delito.

La Ley 2455 de 2025, también conocida como Ley Ángel, fue sancionada con el objetivo de fortalecer la lucha contra el maltrato animal y actualizar el Estatuto Nacional de Protección Animal (Ley 84 de 1989).
Esta norma endurece las penas contra quienes agredan, abandonen o causen sufrimiento a los animales. Está diseñada para agilizar los procesos administrativos y judiciales y garantizar una respuesta más efectiva frente a los casos de crueldad.
La historia que dio nombre a esta ley aún conmueve al país. Ángel era un perro mestizo. Fue brutalmente despellejado vivo el 12 de octubre de 2021 en Saboyá, Boyacá.

La valentía de Ángel, quien logró sobrevivir y disfrutar de tres años de vida rodeado de amor y cuidados (hasta fallecer el 18 de febrero de 2025), llegó hasta el Congreso de la República y dejó en evidencia las graves falencias en las leyes de protección animal del país.
El 23 de abril de este año, finalmente el presidente Gustavo Petro sancionó la ley y esta entró en vigencia.
Sin embargo, en los últimas días el país volvió a estremecerse luego de que un perro fuera víctima de una brutal golpiza en el municipio de Montecristo en Bolívar.
Las imágenes se hicieron virales en redes sociales, en donde aseguran que es muy poco probable que haya sobrevivido al ataque. Sin embargo, la Unidad Forense Veterinaria de la Uniremington aseguró que el perro en custodia es compatible con el canino que aparecen en el video que ha causado indignación en todo el país.
El animal sufrió graves quebrantos, sobre todo en sus orejas, a raíz del brutal ataque que le propinó el sujeto identificado como Fernando Oviedo y quien por un tecnicismo por ahora está en libertad.
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Ahora todo el país exige que se aplique la ley Ángel.
¿Qué sanciones y penas establece la Ley Ángel en Colombia por maltrato animal?
La norma modifica y adiciona artículos del Código Penal colombiano para castigar con mayor severidad el maltrato contra animales domésticos, domesticados, amansados, silvestres vertebrados o exóticos vertebrados.
En los casos en que el animal muera como consecuencia del maltrato, la pena será de 32 a 56 meses de prisión, además de una inhabilidad de dos a cinco años para ejercer actividades relacionadas con animales y una multa de 30 a 60 salarios mínimos mensuales legales vigentes, (SMMLV), lo que oscilaría entre los $42.705.000 y $85.410.000.
Cuando el maltrato cause lesiones graves, la pena será de 20 a 42 meses de prisión, con inhabilidad de uno a tres años y multa de 15 a 30 SMMLV, desde $21.352.500 hasta $42.705.000.
Además de la prohibición de adquirir, tener o cuidar animales por un periodo equivalente al doble de la pena principal impuesta al condenado.
Paralelamente, se crea el Registro Nacional de Inhabilidades, administrado por la Policía Nacional, donde se listarán las personas condenadas por maltrato animal.
Este registro podrá ser consultado por entidades, refugios y organizaciones que trabajen con animales.
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¿Cuáles son las circunstancias agravantes y el aumento de penas en la Ley Ángel por maltrato animal?
Las penas podrán aumentarse de la mitad hasta las tres cuartas partes si el delito se comete bajo cualquiera de las siguientes circunstancias:
- Con sevicia (crueldad extrema).
- Si los hechos son grabados, difundidos o promovidos públicamente.
- Si hay actos sexuales con animales.
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- Con fines de explotación económica.
- Si se causan mutilaciones, daño permanente o lesiones irreversibles.
La ley también incorpora una nueva conducta de crueldad: el abandono de un animal doméstico o domesticado, la cual será sancionada conforme a las disposiciones del Estatuto Nacional de Protección Animal.
¿Qué procedimientos establece la Ley Ángel para actuar ante casos de maltrato animal?
La Ley Ángel refuerza las herramientas administrativas que permiten actuar de forma inmediata ante el maltrato leve o en curso. Estas competencias recaen en los Inspectores de Policía, quienes deberán garantizar celeridad y protección efectiva a los animales.
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Aprehensión material preventiva: permite el retiro inmediato del animal del lugar donde esté siendo maltratado, sin necesidad de orden judicial o administrativa previa. Esta medida busca proteger la vida e integridad del animal mientras se adelanta la investigación.
Atención a la queja: toda denuncia o queja por presunto maltrato animal deberá ser atendida en un plazo máximo de 24 horas, asegurando una reacción temprana por parte de las autoridades.
Decomiso definitivo: en casos graves, se podrá ordenar el decomiso o privación definitiva de la tenencia del animal, trasladándolo a un hogar de paso o fundación que garantice su recuperación.
Participación ciudadana: Cualquier ciudadano, fundación o activista podrá solicitar ser tercero interviniente dentro del proceso para coadyuvar en la protección del animal víctima.
¿Cuáles son las multas económicas de la Ley Ángel?
La Ley Ángel también incorpora medidas económicas y pedagógicas orientadas a la reparación y prevención del maltrato:
- Reducción del 50 % de la multa: el infractor podrá acceder a esta reducción si reconoce la conducta y asiste obligatoriamente al Curso de Sensibilización contra el Maltrato Animal. Esta opción no aplica para reincidentes.
- Reembolso de gastos: el responsable del maltrato deberá reembolsar los costos de atención veterinaria, alimentación y manutención del animal aprehendido o decomisado.
- Fondo de Bienestar Animal: el dinero recaudado por multas se destinará a los Fondos Municipales o Distritales para la Protección y Bienestar Animal, con el fin de fortalecer programas de rescate y atención.


















