Colombia
Lunes 16 de marzo de 2026 - 11:16 AM

Corte abre puerta a reversar ligadura de trompas por primera vez en Colombia

La Corte Constitucional protegió los derechos de una mujer que pidió revertir su ligadura de trompas tras la muerte de su bebé, ordenando a su EPS evaluar y realizar el procedimiento.

Es esencial realizar exámenes para revisar los niveles de hierro en mujeres que buscan concebir o están en embarazo. //123RF.
Es esencial realizar exámenes para revisar los niveles de hierro en mujeres que buscan concebir o están en embarazo. //123RF.

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Publicado por: María José Díaz Calderón

En una decisión considerada histórica, la Corte Constitucional abrió la posibilidad de que, por primera vez en Colombia, una mujer pueda acceder a la reversión de una ligadura de trompas a través del sistema de salud. El fallo se produjo luego de estudiar el caso de una paciente de 31 años que solicitó el procedimiento tras atravesar una situación personal marcada por la pérdida de su hijo recién nacido.

Según se conoció, la mujer fue sometida a una cesárea debido a un embarazo catalogado como de alto riesgo. Tras el parto, tomó la decisión de practicarse la ligadura de trompas como método definitivo de planificación familiar. Sin embargo, apenas dos días después del nacimiento, su bebé falleció a causa de un paro respiratorio, lo que desencadenó en ella un cuadro de depresión y ansiedad. Otras noticias: Corte avala ley que permite hacer gratis vasectomía y ligadura de trompas

Negativa de la EPS y acción judicial

Luego de atravesar el duelo, la paciente solicitó a su Entidad Promotora de Salud (EPS) la autorización para realizar la reversión del procedimiento con el propósito de intentar quedar embarazada nuevamente. La entidad negó la solicitud argumentando que la cirugía no está contemplada dentro del Plan de Beneficios en Salud y que no existían razones médicas que obligaran a su realización.

Ante esta respuesta, la mujer decidió interponer una acción de tutela al considerar vulnerados sus derechos fundamentales. El caso llegó a revisión de la Corte Constitucional, que concluyó que la negativa de la EPS desconocía derechos como la salud, la dignidad humana y la autonomía reproductiva.

Colombiano se declara culpable de desfigurar a mujeres fingiendo ser cirujano (Foto: Archivo/VANGUARDIA LIBERAL)
Colombiano se declara culpable de desfigurar a mujeres fingiendo ser cirujano (Foto: Archivo/VANGUARDIA LIBERAL)

Orden de la Corte y condiciones del procedimiento de ligadura de trompas

En su decisión, el alto tribunal ordenó a la EPS suministrar a la paciente información clara, completa y suficiente sobre los riesgos y probabilidades de éxito de la cirugía. Asimismo, estableció que, si tras recibir dicha orientación la mujer decide continuar y firma el consentimiento informado, la entidad deberá garantizar la realización del procedimiento en un plazo máximo de 20 días.

La Corte destacó que este tipo de solicitudes deben analizarse de manera integral, teniendo en cuenta no solo aspectos clínicos, sino también el impacto emocional y psicológico que pueden tener en la vida de las personas.

Imagen de referencia de una mujer embarazada. // Foto: Archivo - Colprensa.
Imagen de referencia de una mujer embarazada. // Foto: Archivo - Colprensa.

Impacto del fallo en el sistema de salud

Expertos consideran que esta decisión podría marcar un precedente en Colombia en materia de derechos sexuales y reproductivos, al reconocer la posibilidad de evaluar la reversión de métodos definitivos de planificación en circunstancias excepcionales.

Aunque el fallo no implica que el procedimiento deba autorizarse automáticamente en todos los casos, sí obliga a las entidades de salud a estudiar cada solicitud con un enfoque de derechos y brindar acompañamiento médico y psicológico adecuado.

Este pronunciamiento también abre el debate sobre la cobertura de tratamientos relacionados con la fertilidad y la necesidad de actualizar los protocolos de atención en el sistema de salud.

Publicado por: María José Díaz Calderón

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