Fallo histórico anula tributos del estado de excepción por ser hechos previsibles. El Gobierno cuestiona la protección a grandes capitales del país.

Publicado por: Redacción Vanguardia
El ministro del Interior, Armando Benedetti, lanzó duras críticas contra la Corte Constitucional, acusándola de actuar con “odio político” hacia el Gobierno Nacional. La reacción del jefe de la cartera política se produjo tras conocerse el fallo que declaró inexequible el decreto legislativo 1474 de 2025, el cual sustentaba la emergencia económica. La decisión del tribunal no solo tumba la norma, sino que ordena la devolución de los impuestos recaudados durante su vigencia.
“La Corte no quiere que le impongan impuestos a los ricos y los cuida bastante. La Corte tiene un odio político en contra del Gobierno. Emergencias claro que las hay; lo que ha venido sobreviniente en temas de seguridad, como los ataques con drones, es algo que nadie pensaba que sería así y eso no lo tienen en cuenta”, afirmó Benedetti.
El fallo que tumba los cambios tributarios y exige devoluciones
La Sala Plena de la Corte Constitucional dejó sin sustento jurídico las medidas tributarias adoptadas bajo el estado de excepción. Con ponencia del magistrado Juan Carlos Cortés González, el tribunal ordenó suspender de inmediato el cobro de tributos directos derivados del decreto 1474. Además, dispuso que se devuelvan los pagos anticipados y se establezca un mecanismo para reintegrar los impuestos indirectos recaudados mientras la norma estuvo vigente.
Entre las medidas que perdieron validez se encontraba la aplicación del IVA del 19% a incidentes y apuestas en línea, así como la reducción del umbral para declarantes del impuesto al patrimonio superior a los $2.000 millones. El argumento central de los magistrados fue que el decreto de emergencia no respondió a hechos sobrevinientes o imprevisibles que justificaran saltarse las vías ordinarias del Congreso.

Argumentos de seguridad frente a la crisis estructural
Esta decisión es consecuencia directa de la sentencia C-075 de 2026, que previamente había invalidado el decreto 1390 de 2025 (base de la emergencia económica). Para la Corte, los problemas invocados por el Ejecutivo son situaciones estructurales y previsibles, por lo que no cumplen los requisitos constitucionales para un estado de excepción.

A pesar de la postura judicial, Benedetti insistió en que el país enfrenta una realidad de orden público que amerita medidas extraordinarias. El ministro señaló específicamente que los ataques con tecnología de drones constituyen hechos sobrevinientes que el tribunal ignoró al evaluar la constitucionalidad de las medidas. Por ahora, la orden de la Corte es tajante: los impuestos modificados bajo este decreto no deben ser objeto de declaración ni cobro, y lo pagado debe retornar a los contribuyentes.















