La decisión fue adoptada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo.

Publicado por: Redacción Vanguardia
La posibilidad de instalar una mesa de diálogos entre el Gobierno nacional y la Segunda Marquetalia quedó suspendida, al menos por ahora.
El Consejo de Estado ordenó frenar provisionalmente los efectos de la resolución que autorizaba ese proceso al considerar, en esta etapa del análisis, que la legislación vigente no permite adelantar negociaciones políticas con esa estructura armada.
#Colombia⚖️ El Consejo de Estado suspendió provisionalmente la resolución que permitía al Gobierno adelantar diálogos con las disidencias de la Segunda Marquetalia.
— Vanguardia (@vanguardiacom) July 1, 2026
El alto tribunal señaló que, por tratarse de un grupo armado de alto impacto, cualquier acercamiento debe… pic.twitter.com/tw1M01w7RG
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La decisión fue adoptada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo, que estudia una demanda de nulidad presentada contra la Resolución 064 del 28 de febrero de 2024, expedida por la Presidencia de la República para autorizar la instalación de una mesa de diálogos con la Segunda Marquetalia.
En el auto, el alto tribunal señaló que el Gobierno habría otorgado a esa organización un tratamiento que no corresponde a su naturaleza jurídica.
Según la interpretación preliminar de la corporación, la Segunda Marquetalia no puede ser considerada un grupo con estatus político para efectos de esa resolución.
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La razón de la suspensión
El análisis del Consejo de Estado parte de la Ley 2272 de 2022, conocida como la ley de “paz total”, que establece una diferenciación entre los Grupos Armados Organizados al Margen de la Ley (GAOMIL) y las Estructuras Armadas Organizadas de Crimen de Alto Impacto (EAOCAI).
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Con base en esa norma, el alto tribunal indicó que la Segunda Marquetalia corresponde, de manera preliminar, a una estructura armada organizada de crimen de alto impacto.
Por esa razón, sostuvo que los acercamientos del Estado con ese tipo de organizaciones deben estar orientados al sometimiento a la justicia y al desmantelamiento del grupo, y no a negociaciones de carácter político como las contempladas en la resolución suspendida.
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La medida cautelar fue adoptada dentro del proceso de nulidad promovido por la Fundación para el Estado de Derecho.
La organización demandó la Resolución 064 mediante el medio de control de nulidad previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) y, de forma adicional, solicitó la suspensión provisional de sus efectos jurídicos.














