La decisión mantiene la pena de 28 años de prisión impuesta al exdirector del DAS por su responsabilidad como determinador del secuestro ocurrido en Medellín en 1999.

Publicado por: Redacción Vanguardia
La condena contra José Miguel Narváez Martínez por el secuestro de la entonces senadora Piedad Córdoba quedó en firme en segunda instancia. La Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín confirmó la decisión que en octubre de 2025 había impuesto al exdirector del DAS una pena de 28 años de prisión.
El caso se remonta al 21 de mayo de 1999, cuando Córdoba fue interceptada por hombres armados en el barrio El Poblado, en Medellín. La entonces congresista permaneció secuestrada hasta el 4 de junio de ese mismo año.
La decisión del Tribunal respondió a los recursos presentados por Narváez y su defensa, quienes cuestionaron, entre otros aspectos, la valoración de las pruebas, las grabaciones telefónicas y la participación que se le atribuyó en el secuestro.
Después de revisar esos argumentos, la Sala concluyó que el conjunto de elementos analizados permitía mantener la responsabilidad de Narváez como determinador del delito de secuestro extorsivo agravado.

Entre las pruebas valoradas estuvieron testimonios de antiguos integrantes de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), así como elementos relacionados con la relación entre Narváez y el entonces jefe paramilitar Carlos Castaño.
El Tribunal revisó los argumentos de la defensa
El fallo de primera instancia había señalado que Narváez tuvo una intervención determinante para que se llevara a cabo el secuestro. Esa conclusión fue mantenida por el Tribunal tras estudiar nuevamente los argumentos planteados por la defensa. Además de la pena de prisión, la sentencia contempla una multa equivalente a 3.499,99 salarios mínimos y una inhabilidad de 20 años para ejercer derechos y funciones públicas.
Narváez también fue condenado por el asesinato del periodista y humorista Jaime Garzón y en ese proceso, la justicia lo declaró responsable como determinador del homicidio y, tras una modificación de la pena en segunda instancia, la condena quedó en 26 años y 3 meses de prisión.
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Otro de los puntos analizados por los magistrados fue la posible prescripción del proceso. La defensa había planteado este argumento durante el trámite judicial.

Según explicó el Tribunal, el término de prescripción estuvo suspendido durante el periodo en que Narváez estuvo sometido a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), entre el 20 de agosto de 2019 y el 28 de septiembre de 2022. Ese lapso correspondió a 1.135 días.
La Sala también tuvo en cuenta otros periodos derivados de recusaciones que fueron declaradas infundadas y, con ese cálculo, concluyó que la acción penal no había prescrito.
El caso fue declarado como un delito de lesa humanidad en la sentencia de primera instancia. Con la decisión de segunda instancia, el Tribunal Superior de Medellín mantiene la condena contra el exdirector del DAS por los hechos ocurridos hace más de 27 años.
















