Colombia
Martes 29 de septiembre de 2026 - 09:30 AM

Juez niega tutela de alias ‘Pinocho’ contra el Gobierno por decisiones sobre las ACSN

Sobre la libertad personal, la decisión señaló que el asunto estaba relacionado con trámites de extradición y órdenes de captura.

Fredy Castillo Carrillo, alias 'Pinocho', uno de los jefes de las Autodefensas Conquistadoras de la Sierra Nevada (ACSN) // Foto: captura de video - Youtube de Semana.
Fredy Castillo Carrillo, alias 'Pinocho', uno de los jefes de las Autodefensas Conquistadoras de la Sierra Nevada (ACSN) // Foto: captura de video - Youtube de Semana.

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Publicado por: Redacción Vanguardia

El intento de Fredy Castillo Carrillo, alias ‘Pinocho’, y su hermano Carmen Evelio Castillo Carrillo, alias ‘Muñeca’, de cuestionar ante la justicia varias decisiones del Gobierno sobre las Autodefensas Conquistadoras de la Sierra Nevada (ACSN) no prosperó.

El Juzgado 70 Administrativo de Bogotá negó la tutela que habían presentado los dos hermanos, quienes sostenían que las actuaciones del Estado habían afectado derechos como el debido proceso, la defensa, la buena fe, la confianza legítima, la seguridad jurídica, la libertad personal, la igualdad, el acceso a la administración de justicia y el derecho a la paz.

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La acción judicial está relacionada con las resoluciones 348 y 349 del 28 de agosto de 2026, además de las resoluciones ejecutivas 353 y 354 del 2 de septiembre. Estas decisiones estuvieron vinculadas con las medidas del Gobierno para desmontar mesas de diálogo con distintas estructuras armadas, entre ellas las ACSN.

Antes de llegar al juzgado de Bogotá, la tutela había sido presentada ante el Consejo de Estado. Esa corporación determinó el 9 de septiembre que no podía tramitarla en primera instancia y señaló que las acciones contra autoridades y entidades públicas del orden nacional debían ser conocidas por los jueces del circuito.

El Juzgado 70 Administrativo terminó asumiendo el caso y, tras estudiar los argumentos de los accionantes, decidió negar el amparo. Para el despacho, el expediente no demostró que la Presidencia de la República o el Ministerio de Justicia y del Derecho hubieran vulnerado los derechos reclamados.

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Uno de los aspectos revisados fue el reconocimiento de integrantes de las ACSN como miembros representantes dentro del Espacio de Conversación Sociojurídico con el Gobierno.

Según explicó el juzgado, ese reconocimiento tenía un periodo definido y estaba ligado a la duración del espacio de conversación. Además, las decisiones adoptadas desde 2025 sobre la suspensión de entregas y otros procedimientos estaban condicionadas a la continuidad de la participación y a la existencia de aportes verificables y resultados concretos.

Con esos elementos, el despacho señaló que no podía establecerse una expectativa de permanencia indefinida de dicho reconocimiento.

El juzgado también revisó los reclamos por una supuesta afectación a la igualdad y al acceso a la justicia. En estos puntos, concluyó que no se probó un trato desigual frente a personas que estuvieran en una situación comparable ni una restricción para acudir ante las autoridades judiciales.

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Sobre la libertad personal, la decisión señaló que el asunto estaba relacionado con trámites de extradición y órdenes de captura. Sin embargo, tampoco encontró demostrado que las actuaciones cuestionadas constituyeran una actuación arbitraria desde el punto de vista constitucional.

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Finalmente, el proceso desvinculó al Ministerio de Relaciones Exteriores, la Fiscalía General de la Nación, la Policía Nacional y el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), al no acreditarse que sus actuaciones hubieran generado la vulneración de derechos alegada por los accionantes.

Publicado por: Redacción Vanguardia

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