La presidencia sostiene que ejercer el mandato no implica que una persona deba renunciar a sus convicciones religiosas.

Publicado por: Redacción Vanguardia
La decisión judicial cuestionó la presencia de elementos religiosos durante la ceremonia, al considerar que una actividad oficial debe garantizar la separación entre las instituciones públicas y las diferentes confesiones religiosas.
El documento está firmado por Carolina Jiménez, coordinadora del Grupo Gerencia de Defensa Judicial. Puede leer: Juez ordena a De La Espriella pedir disculpas al país por su posesión religiosa
La controversia por el acto de la posesión presidencial
Durante la ceremonia de investidura presidencial, realizada en la Universidad Santiago de Cali, se incluyó un espacio de invocación y alabanza, además de la participación de representantes de diferentes credos religiosos y la presencia de una imagen de la Virgen de Fátima.
Estos elementos motivaron una acción de tutela contra el mandatario y otras autoridades relacionadas con la organización del acto. El juez que estudió el caso determinó que la ceremonia debía respetar el principio de neutralidad religiosa y ordenó al presidente ofrecer disculpas públicas.
#Colombia ⚖️🇨🇴Juez de Bogotá ordena al presidente Abelardo De La Espriella ofrecer disculpas públicas por su acto de posesión.
— Vanguardia (@vanguardiacom) August 27, 2026
📋 La decisión se produjo tras una tutela presentada por un ciudadano, quien alegó la vulneración de sus derechos a la libertad de conciencia y de… pic.twitter.com/qLay8HiZf0
La orden también estableció que el mandatario debía abstenerse de realizar manifestaciones religiosas durante actos oficiales en los que participe en calidad de presidente. La decisión alcanzó igualmente al presidente del Congreso, Honorio Henríquez.
La Casa de Nariño cuestiona la decisión
Uno de los principales argumentos de la Presidencia está relacionado con el derecho a la libertad de conciencia y de culto del jefe de Estado. El Gobierno sostiene que ejercer la Presidencia de la República no implica que una persona deba renunciar a sus convicciones religiosas.

La discusión se centra, precisamente, en determinar hasta dónde puede llegar la expresión de las creencias personales de un funcionario cuando participa en una actividad oficial y cuándo esas manifestaciones pueden comprometer la obligación de neutralidad que deben mantener las instituciones públicas. Además: Abatido alias ‘Tigre’ en operativo en el Guaviare: De La Espriella advierte a ‘Iván Mordisco’
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La controversia tomó mayor fuerza después de que De la Espriella ofreciera disculpas públicamente por la ceremonia durante la alocución presidencial del pasado domingo. Durante su intervención, el mandatario aseguró que garantizaría la libertad de los colombianos para profesar cualquier religión o para no profesar ninguna.

Sin embargo, al finalizar su pronunciamiento utilizó la expresión “¡Viva Cristo Rey!”, una frase que volvió a generar cuestionamientos sobre el alcance de la orden judicial y la diferencia entre las convicciones personales del presidente y su actuación como jefe de Estado.
¿Qué viene para el proceso?
Con la impugnación, el fallo pasará a revisión de una instancia superior, que deberá determinar si mantiene las órdenes impartidas, las modifica o las revoca. Le interesa: Tras atentado en Los Patios, De La Espriella convoca a Consejo de Seguridad: “Colombia no se arrodilla”
El caso podría convertirse en un nuevo escenario de discusión sobre la libertad religiosa y el principio de laicidad del Estado colombiano, particularmente frente a las actuaciones públicas del presidente y otros altos funcionarios.

Por ahora, la controversia mantiene bajo debate la ceremonia de posesión de De la Espriella, un acto que desde su realización en Cali generó atención por su carácter religioso y por las decisiones protocolarias adoptadas durante la llegada del nuevo mandatario al poder.














