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Colombia
Jueves 16 de febrero de 2023 - 12:00 PM

Petro asumirá regulación de servicios públicos

El decreto establece que el Presidente reasumirá las funciones de regulación por tres meses, además de que podrá pedir ayuda de los gremios.

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Archivo Colprensa  / VANGUARDIA
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Quedó publicado el decreto que oficializa la decisión del presidente Gustavo Petro de reasumir por tres meses las funciones de carácter general para la regulación de servicios públicos.

“Reasumir por el término de tres (3) meses a partir de la vigencia del presente decreto, las funciones de carácter general delegadas a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico y a la Comisión de Regulación de Energía y Gas efectuadas mediante los Decretos 1524 y 2253 de 1994 y demás normas concordantes, las cuales, de conformidad con el Artículo 68 de la Ley 142 de 11 de julio de 1994, serán ejercidas por el presidente de la República”, se señala en el documento.

El decreto establece que el presidente, Gustavo Petro, podrá solicitar el apoyo técnico de la Creg y la CRA y demás entidades de cada sector para llevar a cabo estas funciones de regulación general. Además de quedar argumentadas las razones para que el Presidente asuma de manera temporal la regulación de los servicios públicos las cuales radican en que se deben señalar las políticas generales de administración y control de la eficiencia de los servicios públicos domiciliarios.

Aunque 17 gremios y empresas presentaron 54 observaciones e hicieron recomendaciones a esta decisión, solo se tuvo en cuenta una, la cual hace referencia a que estas funciones solo las tendrá a cargo por un periodo de tres meses.

De esta forma, las disposiciones regulatorias tendrán en cuenta cuatro lineamientos generales: sujeción a los principios, fines y valores constitucionales y legales; la garantía de la divulgación y la participación ciudadana en las actuaciones en esta materia; la pertinencia, oportunidad y calidad que garanticen los principios de eficiencia, suficiencia, integralidad y solidaridad tarifaria; y criterios del régimen tarifario de eficiencia económica, neutralidad, solidaridad, redistribución, suficiencia financiera, simplicidad y transparencia.

Cabe recordar que el Presidente tomó la decisión basándose en el artículo 370 de la Constitución Política y la Ley 142 de 1994 “por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones”.

El documento establece entonces el “reasumir las funciones de carácter general delegadas a la Comisión de Regulación de Energía y Gas y a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico efectuadas mediante los Decretos 1524 y 2253 de 1994 y demás normas concordantes, las cuales, de conformidad con el artículo 68 de la ley 142, serán ejercidas por el Presidente de la República”.

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Publicado por La República

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