La condena estipula cuantías por perjuicios materiales, por daño material y perjuicios inmateriales. En cuanto a la reparación moral, el juez ordenó que se debe realizar una ceremonia pública.
en segunda instancia, el Tribunal Superior del Chocó ratificó la condena en contra del Estado para reparar a las víctimas de desplazamiento forzado por cuenta de la masacre de Bojayá ocurrida el 2 de mayo de 2002, que dejó 119 personas sin vida, más de 120 heridas y por lo menos 3.000 personas desplazadas.
La acción que cumplió 17 años de cometida se registró luego de enfrentamientos entre miembros de las Farc y paramilitares que delinquían en la zona. Conocido esto, dice la providencia, solo hasta el 6 de mayo fue que el Ministerio de Defensa en cabeza del Ejército Nacional hizo presencia en el lugar.
Y si bien en su momento el entonces presidente Andrés Pastrana expresó sus disculpas y condolencias públicas, las acciones legales en contra del Estado no se hicieron esperar, por lo que la demanda que fue ratificada días atrás relata que como consecuencia de tal masacre sufrieron los habitantes fueron víctimas de desplazamiento.
En respuesta a las pretensiones de la demanda, Policía, Ejército y Armada Nacional contestaron las acciones legales oponiéndose desestimando los planteamientos. Su argumento, prácticamente, se basó en que “no existe prueba que demuestre la calidad de víctimas (muertos y afectados), el hecho que se imputa a la entidad fue producto de acciones desplegadas por terceros, grupos al margen de la ley como las Farc y las AUC”, sumado a esto indicaron que la situación climática, además de los hostigamientos entre otras acciones fueron las que impidieron que ellos como Fuerza Pública llegaran a lugar.
El juzgado determinó que en el caso concreto lo que encontró es que “la falla del servicio ocurrió porque la Fuerza Pública no brindó una pronta, eficaz, ni adecuada protección de la población civil residente en dicho municipio y poblaciones aledañas”.