La expedición del decreto que limita las inversiones de los fondos privados en el extranjero va en contra de la diversificación, advierten los fondos privados. Presidente de Asofondos explicó los efectos que traería a las mesadas de los colombianos.

El Gobierno Nacional expidió el decreto con el que limita las inversiones de los fondos privados de pensión en el extranjero. Esta normativa obligaría a repatriar recursos que se encuentran en inversiones en el extranjero.
El Decreto 0369 le pone un techo del 30 % a la inversión en activos en el exterior para los fondos pensionales. El plazo para ese cambio es de cinco años. La implementación sería gradual con un umbral intermedio del 35 % al tercer año y del 30 % al quinto año. Puede interesarle: Trece vuelos afectados por bloqueos en vía al Aeropuerto Palonegro: hasta 5 horas de retraso
El presidente de Asofondos, Andrés Velasco, cuestionó la medida y advirtió que esa normativa traería efectos negativos para las futuras pensiones de los colombianos.
#Economía | Golpe al futuro pensional de los colombianos 🇨🇴
— Vanguardia (@vanguardiacom) April 9, 2026
Andrés Velasco, presidente de @fondosdepension, explicó los efectos que tendrá el decreto emitido por el Gobierno con el que se limita la inversión en el extranjero por parte de los fondos privados. pic.twitter.com/gaBRFWqlVD
“Es una muy mala noticia para los trabajadores colombianos porque la limitación en la diversificación implica menor rentabilidad y menor capacidad de gestionar el riesgo”, dijo Velasco sobre esta decisión.
En su cuestionamiento, el presidente de Asofondos señaló que la determinación implicaría menos pensionados y mesadas más bajas.
De acuerdo con el documento, las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) deberán presentar a la Superintendencia Financiera, un plan de ajuste con fines informativos dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigencia.
La Unidad de Regulación Financiera, URF, destacó que existe una cláusula de salvaguarda, que garantizaría la protección del ahorro pensional. “En caso de que existan razones objetivas que impidan cumplir el límite sin afectar la seguridad, rentabilidad o liquidez, las AFP podrán mantener o realizar inversiones en el exterior, siempre que sustenten técnica y financieramente dicha decisión ante la Superintendencia Financiera”, informó la URF en un comunicado.
Un ejemplo de las consecuencias que tendría el proyecto
En su momento, el Centro de Estudios Económicos Anif ejemplificó las consecuencias que podría tener la aplicación de este decreto en el ahorro pensional.
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Para el caso se toma un trabajador que inicia su etapa de cotización a los 23 años y se retira a los 62 años, siguiendo el esquema de multifondos vigente. En el escenario base planteado por Anif, se asume que el afiliado obtiene las rentabilidades históricas observadas en cada tipo de fondo (mayor riesgo, moderado y conservador) de acuerdo con su perfil etario.
En contraste, el escenario alternativo incorpora una reducción en la rentabilidad esperada asociada a una menor diversificación internacional, consistente con un ajuste gradual de la inversión en el exterior desde 48% hasta 30% en un horizonte de cinco años.
Bajo este supuesto, y en línea con las estimaciones para Colombia hechas por Anif, los resultados muestran diferencias sustanciales en el ahorro acumulado al final de la vida laboral.
“A precios constantes de 2025, el saldo total del ahorro pensional alcanzaría aproximadamente $861 millones en el escenario sin decreto, mientras que en el escenario de menor diversificación este monto se reduciría a cerca de $652 millones”, señaló el estudio de Anif.
Lo anterior implica una pérdida del 24,3 % en el ahorro pensional del afiliado, evidenciando que los cambios persistentes en la rentabilidad tienen efectos acumulativos significativos.

















