El Consejo de Estado ordenó suspender el decreto que avalaba el traslado de $25 billones de fondos privados a Colpensiones.

El Consejo de Estado optó por suspender parcialmente el decreto 415 del Gobierno Petro que buscaba trasladar cerca de $25 billones desde los fondos privados de pensión hacia Colpensiones.
La determinación surge luego de que Asofondos, gremios de los fondos privados de pensión, solicitara medida cautelar urgente.
Cabe recordar que, con el decreto, el Gobierno pretendía que en máximo 30 días se transfirieran $25 billones desde los fondos privados hacia Colpensiones.
Esos recursos son el ahorro pensional de más de 120.000 afiliados a los fondos privados (AFP) que decidieron utilizar la ventana de traslado que habilitó la reforma pensional para pasar a Colpensiones.
Esta oportunidad de traslado fue uno de los dos artículos de esa ley que se mantienen vigentes, según decidió la Corte Constitucional mientras estudia la norma de fondo.

Varios abogados consideran que el decreto va en contra de la ley. De hecho, explican que va en contra del parágrafo del artículo 76 de la ley pensional aprobada en 2024. Es uno de los dos artículos que salvó la Corte mientras estudia de fondo la reforma pensional.
“Es un decreto que apunta a contradecir una norma vigente. Norma que, paradójicamente, fue parte de la reforma pensional que hizo aprobar el gobierno en el Congreso, El artículo 76, que está vigente todavía, establece que esa plata no se puede pasar a Colpensiones directamente, sino que se tiene que mantener administrada por las AFP, hasta que la persona que se trasladó extraordinariamente se pensiona”, dijo Kevin Hartmann, socio de Hartmann Asociados.
“Los valores contenidos en las cuentas de ahorro individual de las personas que hagan uso de este mecanismo seguirán siendo administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones hasta el momento en que se consolide la pensión integral de vejez o la pensión de vejez del régimen anterior”, dice la norma.
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¿Este decreto afecta a todo el sistema pensional?
Las decisiones como este traslado presupuestal tiene efectos en el futuro del pasivo pensional.
“Los afectados somos todos los colombianos, porque en la medida en que no tengamos un sistema pensional sostenible, no vamos a tener confianza sobre que realmente nos van a poder pagar nuestras pensiones en el futuro”, aseguró Andrés Velasco, presidente de Asofondos.
El directivo añadió que el sistema de Colpensiones es un sistema insostenible.
¿Qué efectos tendría el traslado billonario a Colpensiones?
El presidente de Asofondos, Andrés Velasco, advirtió que este decreto, a largo plazo, generaría un efecto de $50 billones en el pasivo pensional.
“Inicialmente son $25 billones los que el Gobierno quiere que traslademos, pero a partir de ahí se pierden todos los intereses que se puedan generar”, dijo Velasco, quien añadió que el Gobierno Nacional no tiene los vehículos para multiplicar esos recursos, como sí los tienen los fondos privados.
¿Cómo funciona la ventana de traslado?
El traslado entre regímenes pensionales que tenía el artículo 76 de la reforma pensional aplica para con requisitos de edad y tiempo cotizado.
Esta ventana se convirtió en una posibilidad para que miles de colombianos pudieran pasar de fondos privados a Colpensiones o viceversa, a pesar de que se les haya cumplido el plazo de traslado que señala la Ley 100. Cabe recordar que esa norma impide el cambio de fondo diez años antes de cumplir la edad de pensión.
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Estos son los requisitos para la ventana de traslado.
● Mujeres: 47 o más años y 750 o más semanas cotizadas.
● Hombres: 52 o más años y 900 o más semanas cotizadas.
Vale recordar que si ya cumplió la edad de pensión (hombres 62 años; mujeres 57 años), también puede ser beneficiario de la oportunidad de traslado.
Otro requisito es contar con doble asesoría: Colpensiones y fondo privado. Ambas partes explicarán cuáles son los cambios que tendría y qué beneficios o desventajas le representaría. Esa ventana estará abierta hasta el 16 de julio de 2026.
















